La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado su intención de armonizar el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el de Sucesiones y Donaciones (ISD) en todo el territorio nacional, para evitar el "dumping fiscal" del que acusa a algunas comunidades autónomas como Madrid, Andalucía o la Región de Murcia.
Montero considera que esas comunidades, en las que estos tributos cuentan con muchas bonificaciones, hacen competencia desleal a otras en las que son más similares al tramo estatal, con lo que su equipo está estudiando armonizarlos a nivel nacional: lo que supondrá bajadas de impuestos para algunas como .... y subidas en las anteriormente mencionadas.
El Impuesto sobre el Patrimonio se restableció en el año 2011 teóricamente de forma temporal (desde que en 2008 fuera suprimido) y desde entonces se ha ido prorrogando año a año hasta 2020. Este tributo a nivel nacional tiene recogida una exención de 300.000 euros en la vivienda habitual -por los que no hay que pagar- y un mínimo exento de 700.000 euros para residentes y no residentes.
Se establecen siete tramos a los que se aplican tipos impositivos que van desde el 0,2% para las bases de 167.129,45 euros no exentos, hasta el 2,5% para patrimonios de más de 10,7 millones de euros.
En la práctica, hay cuatro comunidades que han modificado el mínimo exento para bajarlo (Aragón, donde es de sólo 400.000 euros, Cataluña y Extremadura -500.000- y la Comunidad Valenciana -600.000-), donde por tanto el Impuesto es más alto. Hay bastantes comunidades que han subido la tarifa también y, en el extremo contrario se encuentra la Comunidad de Madrid, donde está bonificado al 100% y no se paga, y La Rioja, que cuenta con una bonificación del 75%, por lo que se paga un cuarto de la cuota.
Una persona con 800.000 euros pagará 0 euros en Madrid, 50 en La Rioja y 1.164,37 euros en Aragón
A día de hoy, para patrimonios de 800.000 euros, las diferencias de lo que se paga por Patrimonio van desde los 0 euros que se pagan en Madrid, Vizcaya y Álava, hasta el máximo de 1.164,37 euros que se pagarían en Aragón o los 1.099,31 que se pagarían en Extremadura. Para patrimonios de 4 millones de euros, oscilan -sin tener en cuenta a Madrid- desde los 9.136,59 euros de La Rioja a los 49.997,54 euros de Baleares; y para patrimonios de 15 millones de euros van desde el mínimo de 68.442,60 euros en La Rioja al máximo de 375.790.74 euros en Baleares.
Dónde es más caro heredar
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) está dividido en su tramo estatal en 16 tramos desde uno inicial que va de 0 a 7.993,46 euros, hasta uno final de 797.555,08 euros en adelante. Los tipos aplicados van del 7,65% al 34%.
A estas cantidades se les aplican coeficientes en función del patrimonio preexistente que varían en función de si el que hereda o recibe una donación es considerado del Grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años), del Grupo II (cónyuge, ascendientes, descendientes y adoptados de 21 o más años), del Grupo III (colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes descendientes por afinidad) o del Grupo IV (colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños).
Actualmente existen importantes diferencias por comunidades. En el Impuesto de Sucesiones, por ejemplo, un soltero de 30 años que hereda bienes de su padre por valor de 800.000 euros (de los que 200.000 corresponden a la vivienda habitual del fallecido) no pagará nada ni en Andalucía, ni en Cantabria ni en Galicia, pero abonará 103.135,48 euros en el Principado de Asturias.
En el Impuesto de Donaciones, si esos 800.000 euros los recibe de su padre vivo (sin que el dinero tenga ningún fin específico ni que el hijo tenga ninguna discapacidad), no pagará nada por impuestos en Cantabria, pero abonará 200.122,67 euros en Castilla y León y Extremadura. En Madrid, Murcia y Andalucía el tributo será de unos 2.000 euros.
En este caso, si Montero decide armonizarlo al tramo nacional, se pagará la cuantía máxima de 200.122,67 euros en todo el país.