El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha publicado este lunes una guía práctica para que las empresas sepan cómo deben llevar a cabo el control horario que desde este lunes es obligatorio en todo el territorio nacional y han informado de que los trabajadores autónomos quedan exentos de esta obligación, algo que se desconocía hasta este lunes.
"Respecto de aquellas otras relaciones o prestaciones de trabajo excluidas del ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores, como socios trabajadores de cooperativas, trabajadores autónomos, etc, no se aplicará el artículo 34.9 ET y, por tanto, no existirá obligación de registro horario", señala el Ministerio en su documento de diez páginas, que se ha publicado en su página web horas después de que la norma entrara en vigor.
El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, se había quejado esta misma mañana de que el real decreto-ley en el que se aprobó el registro horario y que entraba en vigor este lunes es "una chapuza" que supone volver "al siglo pasado", según ha recogido Europa Press.
Vozpópuli ya había adelantado el jueves pasado que el Ministerio estaba trabajando contra reloj para publicar una guía de orientación ante la incertidumbre que existe sobre todo en las pequeñas empresas.
(Habrá ampliación)
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