Economía

El Ejecutivo deroga el despido objetivo por absentismo

El artículo 52.d. desparece del Estauto de los Trabajadores. Las empresas podrán despedir a los que faltan pero mediante un despido improcedente, con una indemnización de 33 días por año trabajado

  • Las ministras de Trabajo, Yolanda Díaz; Hacienda, María Jesús Montero e Igualdad, Irene Montero.

El Ejecutivo ha derogado el artículo 52.d. del Estatuto de los Trabajadores que permitía a las empresas despedir de forma objetiva (con 20 días de indemnización por año trabajado) a los empleados que cumplieran un número de faltas de asistencia a pesar de que estuvieran justificadas por una baja médica. 

Después de un largo tramite administrativo para evitar ningún defecto de forma, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha informado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Minsitros de que por fin el Ejecutivo ha conseguido aprobar la derogación del despido objetivo por absentismo, que se materializará en la desaparición del apartado D del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. 

Este artículo, aprobado con la reforma laboral del Partido Popular del año 2012, autorizaba el despido por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcanzaran el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcanzara el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses".

"Venimos de derogar por fin el artículo 52.d. que permitía en nuestro país despedir a personas aunque tuviesen una baja médica que justificase su ausencia. Con esta derogación reparamos una anomalía o una excepcionalidad que tenía nuestro país en relación a los país de nuestro entorno que carecían de un precepto semejante", ha destacado la titular de Trabajo.

El cambio normativo supone que las compañías ya no podrán aludir a esta causa para despedir de forma objetiva o procedente pero, como ya contó Vozpópuli, sí podrán despedir a los empleados absentistas mediante el despido improcedente (que conlleva una indemnización de 33 días por año trabajado).

Posibles reclamaciones

La aprobación de esta derogación le ha llevado casi tres semanas al Ministerio que dirige Yolanda Díaz. Fuentes cercanas al procedimiento han confirmado a este medio que el Gobierno teme que "alguien pueda reclamar la derogación", de ahí que esté "cuidada, mimada y muy justificada". 

De cara al futuro, la ministra ya ha adelantado que en la redacción del próximo Estatuto de los Trabajadores es posible que se incluya la consideración del despido por absentismo como discriminatorio, lo que en la práctica supondría prohibirlo.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli