Economía

Las empresas renegociarán los ERTE Covid de espaldas al nuevo mecanismo del Gobierno

Las empresas tienen hasta el 31 de marzo para negociar las futuras condiciones de los más de 100.000 trabajadores afectados por un ERTE Covid. Para mantener suspendidos algunos contratos o

  • La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. -

Las empresas tienen hasta el 31 de marzo para negociar las futuras condiciones de los más de 100.000 trabajadores afectados por un ERTE Covid. Para mantener suspendidos algunos contratos o seguir reduciendo jornadas, podrán convertirlos en alguna de las modalidades tradicionales (ERTE por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción -ETOP-) o traspasarlos al nuevo Mecanismo RED ideado por el Gobierno en el marco de la reforma laboral, siempre y cuando se cumplan los requisitos.

Sin embargo, la incertidumbre actual sobre el nuevo mecanismo -también con exoneraciones para empresas particularmente afectadas por las fluctuaciones macroeconómicas cíclicas y sectores que experimentan cambios estructurales- hace más viable que las empresas transiten de un ERTE Covid a otro ETOP o por fuerza mayor, según informan fuentes empresariales y sindicales.

"Dependerá de la situación de cada empresa y de las autoridades laborales que tienen que aceptarlos, pero hay mucha indertidumbre con el Mecanismo RED y la estrategia negociadora pasa ahora por convertir los ERTE Covid en ERTE ETOP y de fuerza mayor", confirman fuentes de Cepyme a Vozpópuli, una tendencia en la que coinciden desde CCOO. "Normalmente, las empresas optan por las vías conocidas. El Mecanismo RED es aún muy nuevo y está ligado a la formación, eso dificulta las cosas", añaden.

Eduardo Peñacoba, socio director de Simmons & Simmons en España, señalaba hace semanas a este periódico que los actuales ERTE pandémicos encajan en las modalidades no RED y apuntaba que los RED se perfilan para cierres más contundentes que los que hay ahora en vigor, por ejemplo, para empresas que se vean obligadas a paralizar su producción por cuestiones relacionadas con la crisis energética o de suministros.

El Mecanismo RED, una incógnita

Una vez activado por el Consejo de Ministros, el Mecanismo RED permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo bajo dos modalidades en función de la naturaleza del shock: cíclico o sectorial. En los primeros, con una duración de un año, las exoneraciones a la Seguridad Social disminuyen con el tiempo (60% en los primeros cuatro meses, 30% en los siguientes cuatro meses y 20% en los últimos cuatro).

Sin embargo, el propio Fondo Monetario Internacional (FMI) advertía en un informe publicado la pasada semana de que "todavía no se han definido los detalles operativos, como las condiciones específicas que justificarán el uso de este mecanismo". Sí se conoce que el esquema será financiado por el Gobierno a través de las cotizaciones a la Seguridad Social por desempleo, otras asignaciones presupuestarias y fondos de la UE.

Por otro lado, los RED sectoriales está enfocada a reasignar trabajadores en sectores con cambios estructurales y, por tanto, busca que los afectados se trasladen a otras empresas. En este sentido, las que los activen e incentiven la formación recibirán descuentos del 40% en las contribuciones a la Seguridad Social durante 12 meses (con opción a prorrogarlo hasta otro año más) y, las que contraten a esos nuevos empleados, del 50% durante seis meses.

En los ERTE ETOP las exoneraciones serán del 20% y, en los de fuerza mayor, del 90%

Esta última modalidad se contempla, de momento, sólo para las agencias de viajes. Sin embargo, estas empresas pasarán de una bonificación del 80% en los ERTE Covid al mínimo del 40% del Mecanismo RED, otro aspecto que podría desincentivar la acogida a esta nueva herramienta.

La otra opción que las empresas tienen es iniciar los procedimientos regulados también en el artículo 47 de la reforma laboral para acogerse a los ERTE ETOP (por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas) con bonificaciones del 20% (también condicionadas a la realización de acciones formativas) o a los ERTE temporales por fuerza mayor, con exoneraciones del 90%.

La fuerza mayor temporal podrá estar determinada por impedimentos o limitaciones en la actividad normalizada de la empresa que sean consecuencia de decisiones adoptadas por la autoridad pública competente, incluidas aquellas orientadas a la protección de la salud pública. No obstante, la autoridad laboral (previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social) deberá aprobar estas reducciones de jornada o suspensión de contratos.

Mientras las empresas tramitan estos traspasos con la vista puesta en abril como fecha límite, las condiciones de protección de los ERTE Covid se mantendrán intactos, aunque las exoneraciones de las empresas se reducen del 80% al 60% en los casos en los que existan planes de formación. Si no los hay, la bonificación se limitará al 30% en empresas de 10 o menos trabajadores y al 20% cuando la plantilla supere la decena de empleados.

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