Economía

Fondos UE: el Tribunal de Cuentas pide a Bruselas que aclare cómo sancionará a España

El organismo fiscalizador, que ha reprendido a la Comisión por ser poco estricta con España en la evaluación de los hitos del Plan de Recuperación, también reclama un método de cálculo para las posibles sanciones

  • La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. -

España protagonizó titulares hace algo más de un año por ser el primer Estado miembro en recibir fondos europeos Next Generation EU tras la pandemia, y ahora vuelve a estar en el foco por las dudas que han suscitado esos desembolsos, condicionados al cumplimiento de unos hitos y objetivos por parte del Gobierno que podrían no haberse realizado satisfactoriamente en tiempo y forma.

Tal y como describe el Ministerio de Hacienda, el encargado de controlar la ejecución de los ingresos y gastos de la Unión Europea y asegurar la correcta gestión financiera en la UE es el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE). Compuesto por un nacional de cada Estado miembro, la fiscalización se materializa en informes y dictámenes de las instituciones de la Unión, pero también de los países que reciben ayudas comunitarias.

Este periódico ya informó de que recientemente el Tribunal de Cuentas Europeo ha reprendido a Bruselas por ser poco estricta con España en la evaluación de esos compromisos, pero, según ha podido saber Vozpópuli, también ha reclamado al Ejecutivo comunitario que aclare cómo se penalizará a España en caso de incumplir uno o varios hitos marcados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Los auditores del organismo fiscalizador con sede en Luxemburgo parten de la base de que no está claro cómo la Comisión y los Estados miembros acordaron los importes de los diferentes pagos (en el caso de España, los 77.000 millones no reembolsables se distribuyen en ocho tramos o pagos) y cómo contribuyó a ello cada hito u objetivo. En consecuencia, "se desconoce la compensación por alcanzar un hito u objetivo individual en el pago a España", comentan.

En la auditoría de 2021, donde el TCE ha evaluado por primera vez la ejecución de los fondos Next Generation al ser el único país que recibió un pago en ese año, los auditores de la UE han destacado también que "hasta la fecha, la Comisión no ha resuelto este problema mediante la adopción de un método de cálculo del importe de la suspensión o la reducción del pago".

Es decir, que a falta de dicho método y de información cuantitativa sobre los hitos y objetivos, el TCE considera que "no está claro" cómo aplicaría la Comisión el artículo 24 del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Este Reglamento establece que cuando no se cumpla un hito, el pago de toda la contribución financiera o de parte de ella (o del préstamo, en su caso, puesto que España también tiene asignados otros 70.000 millones en créditos blandos que puede solicitar) deberá suspenderse durante un máximo de seis meses.

Las suspensiones solo pueden revocarse si los Estados miembros presentan a la Comisión pruebas del cumplimiento satisfactorio de los hitos u objetivos. Si esto no ocurre en el plazo de seis meses, la Comisión debe reducir proporcionalmente el importe de la contribución financiera o del préstamo, según consta en el citado reglamento.

Al ser preguntada por este asunto, desde la Comisión Europea confirman a este periódico que "cuando la Comisión determina que no todos los hitos y objetivos han sido cumplidos satisfactoriamente, puede hacer un pago parcial. El resto del pago, ya sean préstamos o subvenciones serán suspendidos y el país en cuestión tendrá hasta seis meses para tomar las medidas necesarias. Finalmente, si en dicho plazo no lo hace, la Comisión puede reducir la cantidad total de la contribución financiera".

Sin embargo, sobre las cuantías que se 'restarían' a España ante el incumplimiento de un hito u objetivo (esto es, el cálculo que reclama el Tribunal de Cuentas) desde Bruselas responden que "es la Comisión quien de acuerdo con el reglamento RRF determina el importe del pago (Artículo 24.8 del reglamento)", sin dar más detalles.

Incumplimientos e insuficiencias

En este contexto, el Tribunal de Cuentas se pregunta cómo cuantificaría Bruselas el impacto de no haber alcanzado el Gobierno español el hito 395, que contemplaba "modificaciones del Impuesto sobre Sociedades en 2021" y que, en su opinión, ni se cumplió ni se evaluó.

Además, también menciona en su informe "una serie de deficiencias" detectadas en el trabajo de la Comisión a la hora de evaluar los hitos de España, como en el hito 173, en el que España se comprometía a crear un "Sistema de Información Integrado del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia", es decir, una plataforma informática para controlar el uso de los fondos.

En ese contexto de 'permisividad' por parte de la Comisión Europea, en diciembre de 2021 también dio 'luz verde' al desembolso del primer tramo, por 10.000 millones, aún sabiendo que uno de los hitos más importantes a cumplir en el tercer trimestre de 2021, el 173, no se había cumplido al 'dedillo'. 

En aquel momento, Bruselas detectó "deficiencias", puesto que el Gobierno se centró más en el diseño que en la funcionalidad de la plataforma, pero dio un margen de entre seis y nueve meses al Gobierno para solventarlas. Es decir, dio por cumplido el hito, con el compromiso del Gobierno de mejorarlo, y envió el dinero a España.

Los auditores de la UE no han cuestionado esta evaluación positiva por parte de Bruselas en su informe, pero han recalcado que algunos elementos del sistema no estuvieron operativos en aquel momento y, por tanto, la Comisión tendrá que examinar el hito en sus auditorías ex post.

Sobre este asunto, que salió a la luz también hace unos días, Bruselas ha aclarado públicamente que revisará los compromisos adquiridos por el Gobierno sobre este hito cuando evalúe la próxima solicitud de los 6.000 millones, a partir del 31 de diciembre de este año.

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