Economía

El Gobierno desafía al BCE y exime a los bancos extranjeros del nuevo impuesto

Mete el 'impuestazo' en el Senado sin que afecte a todas las entidades bajo el paraguas del Banco Central Europeo, lo que éste exigía

  • El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. -

El Gobierno juega al despiste con el Banco Central Europeo (BCE). El impuestazo llega al Senado sin incluir a bancos extranjeros como ING y Deutsche Bank, lo que pidió el supervisor único en su contundente dictamen en contra del plan de Pedro Sánchez. En la fase de enmiendas en el Congreso, los partidos del Ejecutivo de coalición (PSOE y Unidas Podemos) introdujeron a todas las entidades bajo el paraguas del BCE, pero finalmente esta concreción se ha retirado, in extremis y sin que haya sido advertido, del texto remitido a la Cámara Alta.

El nuevo tributo grava un 4,8% los ingresos típicos y las comisiones en la venta de productos financieros. Pero fija un listón de 800 millones sobre la base de estas partidas en las cuentas de 2019, que deja fuera a entidades extranjeras como ING, Deutsche Bank y las cajas rurales, entre otras. Para el BCE, este umbral "podría falsear" la competencia en el sector y "perjudicar la igualdad de condiciones" dentro de España y en toda la Unión Bancaria. De hecho, se abre la vía a que Bruselas pueda demandas al Gobierno por la ilegalidad del 'impuestazo'.

"Asimismo, deberán satisfacer el gravamen las entidades sujetas a supervisión directa por el BCE, incluidas las sucursales establecidas en España de entidades de crédito extranjeras, con independencia de la suma de sus ingresos por intereses y comisiones", recogía el texto modificado por las enmiendas del PSOE y Unidas Podemos para fijar el perímetro del impuesto que al final no se han aprobado en el Congreso.

Ahora mismo, los equipos legales de los bancos extranjeros descartan tener que abonar el nuevo gravamen, de lo que no eran conscientes. Aunque, como recalcan desde una de las entidades implicadas, no dan nada por sentado y no descartan que el Gobierno haga alguna modificación al respecto en el Senado y acaben de nuevo incluidos. Sin embargo, desde el seno del Ministerio de Hacienda se apunta a que el 'impuestazo' verá la luz tal y como ha llegado a la Cámara Alta.

El plazo de enmiendas y de las propuestas de veto en el Senado finaliza el próximo 9 de diciembre y la Cámara Alta tiene la consigna de tener aprobada esta proposición el 22 de diciembre. Si se llega a esta fecha porque no se aprueba en el Pleno de la semana del 12, debería ser sin cambios, ya que no habría tiempo de validarlo en el Congreso, que tiene su último Pleno esos días. A no ser que se habilite la semana del 31 de diciembre en la Cámara Baja con este fin.

La incongruencia

La Ponencia de la proposición de ley que crea los impuestos a banca, energéticas y grandes fortunas se aprobó en el Congreso con una incongruencia importante en el impuesto a la banca: la Exposición de Motivos establecía que los bancos extranjeros deben pagarlo y el artículo que lo regula les excluía, lo que los juristas consultados por Vozpópuli denunciaban como falta de seguridad jurídica, que incluso podría plantear dudas de constitucionalidad, como señaló César García Novoa, catedrático de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de Santiago de Compostela.

Lo extraordinario de la situación dividía el diagnóstico de los expertos. Algunos lo atribuían a un intento de confundir al BCE, que cuestionó la exclusión de la banca extranjera. Otros lo veían un error por la accidentada tramitación exprés.

La inconsistencia se produjo tras quedar fuera finalmente la enmienda de PSOE y Podemos que intentaba enmendar el principal problema jurídico que el Banco Central Europeo detectó en el impuesto a la banca: su infracción del Derecho de la UE por falsear la competencia y eximir a los bancos extranjeros.

La citada enmienda, la 97, extiende el perímetro del impuesto a todas las entidades sujetas a la supervisión directa del BCE, "incluidas las sucursales establecidas en España de entidades de crédito extranjeras, con independencia de la suma de sus ingresos por intereses y comisiones".

"El gravamen se extiende a todas aquellas entidades radicadas en España que, por su tamaño, importancia económica u otras características quedan bajo la supervisión directa del Banco Central Europeo, todo ello con la finalidad de no alterar la competencia en el mercado, favoreciendo la igualdad de condiciones", justificaban el PSOE y Podemos.

El arreglo final

A cambio, se introdujo otra enmienda del PNV en el mismo sentido, la 59, en la que estos bancos quedan fuera. Mantiene el umbral de 800 millones de suma de ingresos por intereses y comisiones para estar afectado que les excluye, y no alude a los supervisados por el BCE como hacía la enmienda de PSOE y Podemos.

Pues bien, la única enmienda que se introdujo en el Pleno del Congreso que aprobó la norma corrigió la Exposición de Motivos, de manera que suprimió la alusión a las entidades supervisadas por el BCE. Esto fue votado por la mayoría del Pleno sin tener constancia de que se trataba de un cambio de este calado, sino como simple mejora técnica a instancias de los letrados, según trasladan fuentes parlamentarias. Se validó en el Pleno nocturno en el que a continuación se tomó en consideración la proposición de ley que reforma la sedición.

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