Economía

El Gobierno puentea al Parlamento para que no haya control externo de los fondos UE

El Real Decreto-ley que contiene las medidas contra la guerra realiza varias modificaciones del Plan de Recuperación. El Gobierno logra así impedir que la oposición introduzca mejoras, como una autoridad independiente que vigile los fondos

  • La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, junto a Pedro Sánchez y Yolanda Díaz en el Congreso.

El Real Decreto-ley que contiene el plan de choque contra los efectos de la guerra de Ucrania que entró ayer en vigor realiza varias modificaciones del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, el marco legal del Plan de Recuperación. Son los primeros cambios que se hacen al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y no tienen nada que ver con la guerra, sino con lo que el Gobierno considera que puede mejorarse o no está funcionando. Este modus operandi llama la atención cuando se ha paralizado en el Congreso la tramitación del propio texto que desarrolla el Plan, el citado Real Decreto-ley 36/2020, que se tramita como proyecto de ley precisamente para que la oposición pueda mejorarlo, y se impide que introduzca enmiendas desde hace más de un año.

Entre las mejoras que pretende introducir la oposición, destaca la creación de una Autoridad Independiente que controle la gestión de los fondos, una reivindicación del PP que también plantea Ciudadanos y que apoyaron UPN y Foro Asturias y que no se descarta que pudiera concitar transacciones y acuerdos. Cabe recordar que este Real Decreto-ley se convalidó únicamente por la abstención de Vox.

Otra de las anomalías del Real Decreto-ley 36/2020 es que establece que el Gobierno otorgue un bonus a los funcionarios que gestionan el Plan, lo que finalmente el Ejecutivo no prevé ni ha tenido desarrollo en los Presupuestos de 2022. Cabe recordar que el Gobierno está tirando de interinos mediante una excepción en este sentido que introdujo in extremis en la reforma laboral. En el Ministerio de Transición Ecológica, por ejemplo, sólo hay un nuevo funcionario asignado con este fin, a lo que se suman interinos, a pesar de que un 40% de la inversión se designa a la transición ecológica, según ha detallado Miguel Ángel González Suela, subsecretario.

Esto se produce cuando el Gobierno parecía ceder ante las presiones y aseguraba que iniciaría un proceso de consultas con los grupos políticos para preparar la segunda fase del Plan de Recuperación. Así lo planteó el pasado febrero la vicepresidenta primera para asuntos Económicos, Nadia Calviño en el Congreso. En concreto, dijo que les involucraría en la elaboración de la adenda para solicitar los 70.000 millones de euros adicionales a través de préstamos próximamente.

Ante las críticas por la gestión y ejecución, la ministra también avanzó que en el primer trimestre pretendían observar cómo están gestionando los fondos las comunidades para "mejorar la asignación para 2022 y 2023" y "redirigir los fondos a aquellos proyectos que puedan ser más apropiados, eficaces y con mayor impacto teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada CCAA". En otra comparecencia que se celebró ayer, Calviño aseguró de nuevo que el Ejecutivo tiene en cuenta al Parlamento.

Pues bien, el Decreto que regula el Plan de recuperación acumula ya 47 ampliaciones del plazo de enmiendas parciales, tras superar las de totalidad el 15 de febrero de 2021, a pesar de que se aprobó que se tramitara en trámite de urgencia. El próximo plazo se ha fijado para el 6 de abril. Se veta así la participación del Parlamento en el diseño último del Plan a todos los efectos, ya que éste era el único cauce que le quedaba, una vez que no ha tenido voz ni voto en su elaboración, a diferencia de otros países como Italia. Y cuando se perfila que el Real Decreto-ley que desarrolla el plan de choque contra la guerra se va a convalidar sin dificultad.

El PP contempla abstenerse y no se descarta incluso su aval. Lejos de las discrepancias que exhibieron los socios del Gobierno con la reforma laboral, en este caso no coinciden en general en todas las medidas que aquí se recogen, pero darán su apoyo. La urgencia de la guerra blinda la convalidación de un Decreto que introduce de rondón estos cambios, que puentean al Parlamento y no guardan relación con el conflicto.

Así, por ejemplo, las modificaciones que realiza el Real Decreto-ley del Plan contra la guerra flexibilizan el calendario de cierre de ejercicio y la autorización para contratar. Se reforma la gestión presupuestaria de los ayuntamientos de manera que se agilicen algunas modificaciones presupuestarias, las transferencias de crédito, la aprobación de créditos extraordinarios y suplementos de crédito o se permita a las entidades locales que directamente y sin autorización del Pleno puedan tramitar gastos plurianuales, siempre que el objeto de todas estas actuaciones sean los proyectos financiados con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Los cambios que controla el Gobierno

Otro de los cambios establece que los contratos, acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia quedan excepcionados del requisito de la autorización para contratar prevista en el artículo 324 de la Ley de Contratos del Sector Público. A su vez, los contratos, acuerdos marco y sistemas dinámicos de adquisición que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación gozarán de preferencia para su despacho sobre cualquier otro contrato por los distintos órganos que intervengan en su tramitación.

Podrán reducirse los plazos para emitir informes a cinco días naturales, sin que quepa prórroga alguna. Los recursos especiales en materia de contratación tendrán carácter de urgentes y gozarán de preferencia absoluta ante los respectivos órganos competentes para resolver.

También se estipula que la cuantía total máxima fijada inicialmente en la respectiva convocatoria podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles, sin necesidad de una nueva convocatoria. Y se elimina el requisito de que la constitución requiera la autorización legal prevista en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público ni del Consejo de Ministros.

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