"Sálvame de Hacienda" es lo que debió pensar Jorge Javier Vázquez cuando recurrió a los tribunales para tratar de librarse de la sanción que le había puesto el fisco, al considerar que existían irregularidades en sus declaraciones de impuestos. Sin embargo, esta intentona no le ha salido bien al presentador.
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por el periodista de Mediaset contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central que ratificaban las sanciones que recibió Vázquez por la forma en la que declaró el IRPF en los años 2006 y 2007, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli y que está fechada el pasado 5 de febrero de 2020. Puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
Según se detalla en la sentencia, la Agencia Tributaria inició diligencias sobre Vázquez para examinar los pagos que había realizado del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y descubrió que contaba con una sociedad instrumental a través de la que facturaba sus ganancias, lo que motivó la sanción. Las autoridades tributarias calificaron la sanción como leve al no apreciar ocultación ni otras circunstancias agravantes.
La instrumental de Vázquez
El presentador es el socio mayoritario (99,99%) de Jorge Javier SL, y la citada regularización se produjo “dada la divergencia entre lo facturado” por esta sociedad “y lo percibido y declarado por él”. El presentador declaraba de forma constante unos ingresos de 60.000 euros, pero la facturación de la sociedad arrojaba cifras que eran hasta 10 veces mayores. De hecho, como recuerda el tribunal, no sería necesaria una regularización tributaria “si la valoración de la remuneración de la persona jurídica a la persona física hubiese sido al valor normal de mercado, lo que no ha ocurrido”.
En los acuerdos de imposición de sanción, la Oficina Técnica de Inspección de la Agencia Tributaria explica que el presentador “incumplió de forma consciente la normativa reguladora del IRPF”. Aunque Jorge Javier SL y el presentador son independientes en el orden jurídico, “es innegable una estrecha vinculación entre las mismas y un conocimiento total y absoluto, por ambas, de las actividades de una y otra, así como de sus obligaciones y las consecuencias de su incumplimiento”, concluye.
A juicio de los técnicos, la Sociedad Limitada “no añade ningún valor a la actividad” realizada por Jorge Javier y apunta a que “puede concluirse que la actividad podría haberse realizado directamente por la persona física, sin necesidad de actuar ésta a través de una sociedad”. La tributación por el Impuesto de Sociedades es del 25%, mientras que si se hace por IRPF puede llegar hasta el 48% en el caso de Madrid. Estas sociedades gozaron de un régimen especial hasta 2002.
En cualquier caso, el caso de Jorge Javier no es único. Son muchas las caras conocidas que han recurrido a esta fórmula. Máxim Huerta, Nuria Roca, Ernesto Sáenz de Buruaga o los artistas Carmen Machi y Jordi Rebellón (el doctor Vilches en Hospital Central) también han tenido problemas con Hacienda por facturar sus trabajos a través de sociedades.
De hecho, durante la primera legislatura del Gobierno de Mariano Rajoy hubo voces dentro del periodismo español que calificaron de 'persecución' las diferentes inspecciones fiscales -derivadas en sanciones- que inició el fisco contra sus sociedades instrumentales casi al mismo tiempo.
Vozpópuli ha intentado ponerse en contacto con el presentador a través de su abogado, de Mediaset España y de su página web, pero no ha obtenido respuesta al cierre de esta información.