Texto de la noticia
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La orden obliga a las empresas cotizadas y las cajas a publicar un informe anual sobre remuneraciones en un plazo de cuatro meses desde el cierre del ejercicio. Ese informe se someterá a votación de los accionistas con carácter consultivo. En él se incluirá información detallada de la política de remuneraciones para el año en curso, de las líneas generales para los años futuros y el detalle, con desglose individualizado, de las retribuciones de los consejeros del ejercicio anterior, tal y como preveía la Ley de Economía Sostenible. Pero, además, la orden señala que se deberá publicar "información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros".
La orden obliga a las empresas cotizadas y las cajas a publicar un informe anual sobre remuneraciones en un plazo de cuatro meses desde el cierre del ejercicio. Ese informe se someterá a votación de los accionistas con carácter consultivo. En él se incluirá información detallada de la política de remuneraciones para el año en curso, de las líneas generales para los años futuros y el detalle, con desglose individualizado, de las retribuciones de los consejeros del ejercicio anterior, tal y como preveía la Ley de Economía Sostenible. Pero, además, la orden señala que se deberá publicar "información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros".
La orden obliga a las empresas cotizadas y las cajas a publicar un informe anual sobre remuneraciones en un plazo de cuatro meses desde el cierre del ejercicio. Ese informe se someterá a votación de los accionistas con carácter consultivo. En él se incluirá información detallada de la política de remuneraciones para el año en curso, de las líneas generales para los años futuros y el detalle, con desglose individualizado, de las retribuciones de los consejeros del ejercicio anterior, tal y como preveía la Ley de Economía Sostenible. Pero, además, la orden señala que se deberá publicar "información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros".