La dotación del FROB será fundamental para la transformación del sector. En menos de dos meses, la composición del mapa financiero español sufrirá un vuelco espectacular. El próximo 31 de marzo, todas las entidades tendrán que presentar ante el Banco de España su plan para cumplir con la nueva exigencia de provisiones de los activos y préstamos inmobiliarios, según establece el nuevo Real Decreto de saneamiento del sector financiero. Esto significa que todas aquellas entidades que vayan a participar en un proceso de fusión tendrán que detallarlo e incluso especificar el nombre de sus futuros socios en el plan de limpieza del ladrillo, como informan a Vozpópuli fuentes conocedoras del proceso.
“La actividad en las próximas semanas, como lo ha venido siendo en los últimos días, será frenética. Va a ver una riada de reuniones”, reconocen desde una institución que está negociando una integración. Los contactos entre los presidentes de las entidades se han multiplicado desde que el ministro De Guindos adelantó la necesidad de provisionar el ladrillo de la banca por valor de 50.000 millones. De hecho, ante la dureza de las condiciones, rebajadas finalmente en el texto final, que tenía previsto imponer el nuevo Real Decreto, varios presidentes de antiguas cajas llegaron a reunirse, la semana pasada, para proponer una fusión con varios actores.
El ajuste a la baja de los porcentajes a provisionar sobre el suelo (80% sobre el valor en libros), promociones en curso (65%) o viviendas (35%) no llevará a pérdidas a tantas entidades como hubiera obligado el ajuste inicial pretendido por Economía. “De ser así, todas las entidades, incluido Santander y BBVA, hubieran tenido números rojos”, explican desde un par de bancos. Por esta razón, en el sector descartan que se vayan a producir megafusiones con cinco o seis cajas o bancos integrándose en una nueva entidad.
La nueva ley, que entró ayer en vigor tras ser publicada en el BOE, obliga a todas las entidades que vayan a participar en un proceso de fusión que detallen la solicitud antes del 31 de mayo. El ministerio de Economía tendrá entonces un plazo de un mes para aprobar o denegar los nuevos proyectos de integración. Este mes de estudio se puede incluso prolongar a seis en el caso de que alguna de las entidades que vayan a fusionarse haya recibido algún tipo de ayudas del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). El Banco de España aplicará esta moratoria de 6 meses a petición del FROB.
Si alguna de estas fusiones necesitase de nuevas ayudas públicas, no sólo se limitará la remuneración de los directivos de las entidades que reciban la aportación del FROB para sanearse, como adelantó ayer este medio, sino que establece un plazo de 5 años para que las entidades recompren los títulos de deuda pública. En caso contrario, explica el Real Decreto, “el FROB podrá solicitar su conversión en acciones”. El plazo de permanencia del FROB puede incluso retrasarse dos años más, hasta un plazo máximo de 7 años, si las situación económico-financiera impidiera cumplir la integración en los términos adecuados.
Se congela un año el pago de las preferentes
Por otra parte, el nuevo decreto incluye una disposición adicional bajo el título "trato excepcional de participaciones preferentes y otros instrumentos en circulación" por el que la banca tendrá autorización para congelar durante un año el pago del cupón de estos productos.
Las entidades podrán solicitar este aplazamiento dentro del plan de cumplimiento de las nuevas exigencias de saneamiento que deben presentar al Banco de España antes del próximo 31 de marzo. Será la fórmula con la que anticiparse al posible impacto en beneficios y capital si bien la confirmación de si entidad emisora de las preferentes suspende o no definitivamente el pago del cupón llegará una vez transcurrido el año, en función de si "dispone de beneficios o reservas distribuibles suficientes y no existe un déficit de recursos propios en la entidad", explica el real decreto.
Hasta el momento, el pago del cupón de las preferentes se anula cuando la entidad emisora entra en pérdidas, consideradas habitualmente al cierre del ejercicio. Así, la presente crisis ha dejado situaciones paradójicas como que la CAM, intervenida en julio por el Banco de España, pagó con posterioridad el cupón de las preferentes, al no haber declarado pérdidas en el momento de la intervención.
La posibilidad que concede el Gobierno para congelar durante un año el pago de las preferentes, el previsión de pérdidas en el presente ejercicio, llega en plena polémica por la comercialización de este producto financiero entre clientes particulares.
Las participaciones preferente,a las que la banca recurrió con intensidad en los últimos años para reforzar su solvencia, son emisiones de deuda perpetua (no vencen nunca) y si bien han ofrecido remuneraciones superiores a la media de los productos de ahorrro conservador, son muy ilíquidas, lo que dificulta enormemente la recuperación del capital invertido en el momento deseado, además de las pérdidas latentes que acumulan desde que comenzó la crisis.
El real decreto alude también a las emisiones de convertibles contingentes, denominadas 'cocos', el intrumento que podrán emitir las entidades que necesiten recursos del FROB para cumplir con el saneamiento. Para que tengan el reconocimiento de capital, su plazo de conversión en acciones no podrá ir más allá del 31 de diciembre de 2018 y, en todo caso, esa conversión será obligatoria en el momento en que la entidad emisora incumpla el coeficiente de recursos propios mínimo.