Andalucía

El Supremo condena a seis años al dueño de un pub de Granada por violar a una mujer en el baño

Además, una indemnización de 11.140 euros, la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante 10 años y a cinco años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión

  • Sede del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de seis años de prisión para el dueño de un pub de Granada que la madrugada del 24 de noviembre de 2019 violó a una joven tras irrumpir en el baño de mujeres y agredirla para conseguir tal fin.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ratificó otra de la Audiencia de Granada por un delito de violación y un delito leve de lesiones.

Además de la pena privativa de libertad, el Supremo confirma el pago de una indemnización de 11.140 euros, que se suman a una multa de 150 euros, a la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante 10 años y a cinco años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión.

Los hechos ocurrieron alrededor de las 3:30 horas del 24 de noviembre de 2019 en un pub de Granada. La mujer estaba en el interior del baño de señoras, sentada en el inodoro, cuando el dueño del local, con antecedentes penales, entró en el baño, cuya puerta no contaba con pestillos de seguridad.

Entonces, agarró a la mujer fuertemente por los brazos y la levantó, cayendo ella al suelo en el forcejeo que iniciaron a continuación. Pero el condenado volvió a levantarla, la puso de cara a la pared y la violó a pesar de la resistencia de la víctima.

En su recurso, el condenado alega que el tribunal rechazó como prueba un informe pericial que era clave en su defensa y cuestiona la credibilidad de la víctima por la versiones dadas.

Pero el Supremo responde que aunque "el informe pericial posiblemente podría haber sido admitido, no hubiese aportado nada relevante a lo que la sentencia ha tenido por acreditado".

Y respecto de la declaración de la víctima, destaca su "plena fiabilidad" porque, además, va corroborada por la confirmación del dato científico, que es la detección de restos biológicos del condenado.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli