España

El Ministerio Fiscal sobre Marjaliza: "¿Qué delito no cometió? Los tiene todos"

El socio de Francisco Granados se acogió a su derecho a no declarar, alegando su defensa que se le debía poner en libertad por estar en situación de detención ilegal. El ministerio público fue tajante al pedir mantenerlo preso. 

  • Marjaliza en una imagen de archivo junto a Francisco Granados

El cérebro de la trama Púnica y socio de Francisco Granados, David Marjaliza, se negó a declarar ante el juez Eloy Velasco el pasado mes de octubre tras ser detenido por su participación en el caso. El magistrado enumeraba entonces la ristra de delitos que se le imputaban, entre ellos el de blanqueo de capitales, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, utilización de información confidencial, cohecho, malversación, prevaricación y fraude.

Tras anunciar que no iba a declarar, la representante del Ministerio Fiscal tomó la palabra, pidiendo pena de prisión para el detenido basada en las evidencias de la investigación llevada a cabo, que "demuestran que Marjaliza ha cometido, en principio, un delito de blanqueo de capitales". Para ello recuerda que se han encontrado cuentas del arquitecto en Suiza que han pasado de estar a nombre de su esposa a pertenecer a dos sociedades, que después destinaban el dinero a cuentas en Singapur y que posteriormente se acreditó un retorno de fondos a España, cerrando así el círculo de la operativa de blanqueo. 

El Ministerio Fiscal pide pena de prisión para Marjaliza al existir riesgo de fuga y para evitar que dificulte la investigación

"Se ha acreditado que no tiene ingresos suficientes que puedan ser el origen de los fondos de estas cuentas, y además están domiciliadas en Costa Rica para evitar que se sepa que detrás de ellas está el propio detenido. Consiguió un montón de adjudicaciones fraudulentas, no se respetaron las normas que rigen la contratación, ha diversificado su actuación y ha obtenido muchas concesiones de servicio", señala la representante del Ministerio Fiscal, para quien el delito más importante es el de pertenencia a organización criminal, según el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 

"¿Qué delito es el que no ha cometido? Porque es que los ha cometido absolutamente todos. Ha conseguido cantidades muy importantes de las arcas de los ayuntamientos, ha ideado un mecanismo para hacerlo bien mediante una cláusula o bien añadiendo trabajos accesorios no autorizados en los contratos que obtenía. Ha ido creando cada vez más empresas, poniendo al frente a conocidos. A día de hoy sigue manteniendo una gran influencia con muchos alcaldes de pueblos como Serranillos, Torrejón de Velasco, Parla, Valdemoro, Casarrubuelos, etc", añade. 

La petición de su entrada en prisión se basa en que los delitos cometidos llevan penas muy graves, y que en este caso existe riesgo de fuga, dado que dispone de fondos en el extranjero. Principalmente se busca que no destruya pruebas ni dificulte la investigación, y que tampoco pueda seguir cometiendo delitos. 

¿Detención judicial o detención policial?

Acto seguido a la exposición del Ministerio Fiscal, la defensa de Marjaliza pidió la inmediata puesta en libertad de su cliente por considerar que se encuentra en detención ilegal, y basó su argumento en la diferenciación entre detención policial y detención judicial. "Desde que se forma judicialmente una causa no podemos pensar que la Policía funciona autónomamente. La ley dice que en el plazo de 72 horas el detenido será entregado al juez. Lo que no cabe es dictar un auto de detención judicial del ya detenido, por lo que entendemos que el auto dictado es nulo de pleno derecho, no está previsto en la ley, no puede dictarse antes de que el detenido haya sido entregado a la autoridad judicial, y estamos en una situación en la que un detenido, sin ponerlo a disposición judicial lleva más de 100 horas en calabozos sin que la Policía lo haya entregado en el plazo de 72 horas", defendía el abogado. 

Tras anunciar recursos por habérsele denegado a su cliente la petición de Habeas Corpus, el letrado de Marjaliza recordaba que ya en febrero su cliente había presentado declaraciones complementarias por las cuentas que tenía en el extranjero, con un primer ingreso de 3 millones de euros por los incrementos no justificados de patrimonio y por el IVA. 

Por último, el juez Velasco recuerda que Marjaliza fue detenido un lunes antes de las 9 de la mañana y puesto a disposición judicial un miércoles a las 13.00 horas, por lo que no habrían pasado casi ni 48 horas desde su detención policial, desbaratando el argumento principal de la defensa. Además, señala que no estuvo presente en los registros y que no cuenta con los elementos necesarios para discernir si lo que procede es la elevación a prisión, la libertad, o la libertad con condiciones del detenido. "El que tiene indefensión es el que no conoce cómo se ha realizado la actividad criminal, que sí conoce el imputado", y añade que las declaraciones complementarias que se habían llevado a cabo en aquellas 48 horas habrían servido para, en caso de dudas, habérselas podido plantear al acusado, cosa que desechó al acogerse a su derecho a no declarar. 

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli