Sergio Rivera, el joven mecánico del Ave a La Meca cuya trágica muerte investiga la Audiencia Nacional por homicidio imprudente, ni siquiera estaba dado de alta en la Seguridad Social tras meses desplazado a Arabia Saudí. Dos sentencias a las que ha tenido acceso Vozpópuli estimaron una demanda de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Abengoa, empresa integrante del consorcio español que se adjudicó el macroproyecto de la obra ferroviaria.
Los hechos se remontan al 1 de abril de 2015. Ese día el trabajador pasó el proceso de selección de Abengoa S.A. para el llamado tren del desierto por el que Arabia Saudí pagó en 2011 más de 6.700 millones a un conglomerado de empresas españolas. “Fue contratado para desplazarlo a dicho país sin cursar alta en la Seguridad Social”, según los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Madrid a la que ha tenido acceso este periódico.
Este periódico ha tenido acceso también al informe que elaboró la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, que citó a Abengoa en su sede para que ofreciese detalles sobre la contratación Sergio Rivera o la información que se les aportó sobre riesgos laborales. La empresa ni siquiera se presentó. Tan solo mandó un correo electrónico en el que "manifiesta que el citado trabajador no ha pertenecido nunca a la empresa ni sabe nada del accidente".
Fue un contrato verbal a partir del cual Abengoa comenzó a tramitar los visados con el país árabe, los permisos de trabajo y los billetes de avión. Sergio Rivera Moles, natural de un pueblo de Granada llamado Jayena, obtuvo tres visados de 90 días cada uno entre mayo de 2015 y enero de 2016. Falleció antes de agotar el último, en febrero de 2016, al ser aplastado por la maquinaria de construcción de la obra sin que sus compañeros pudiesen hacer nada por salvarle la vida. Acababa de cumplir 30 años.
Abengoa se desentendió del fallecido
El joven llegó a Arabia Saudí el 9 de junio de 2015. Abengoa pagó todos los desplazamientos, incluida una noche de hotel en Madrid. Acudía todos los días a trabajar en la obra “bajo la dirección y organización de Abengoa, uniformado con el logo de la empresa” (como se aprecia en la imagen que ilustra esta información). Antes de llegar, le dieron a firmar un contrato que estaba redactado en inglés y en árabe, fechado el 30 de abril en la región árabe de Jeddah. Pero estaba a nombre de otra empresa llamada Inabensa Saudí Co. Ltd por la que se sometía a la legislación de Arabia Saudí.
Abengoa usó este documento para desentenderse del fallecido durante el juicio, celebrado el 7 de mayo de 2018. La empresa alegó que no era trabajador suyo, sino de esa empresa saudí. La sentencia rechaza ese argumento y destaca que la Tesorería General de la Seguridad Social no reconoció ese contrato “por estar en árabe y en inglés”. “Abengoa S.A era el empresario real del actor”, zanja la juez Inmaculada González.
La magistrada añade que ese contrato con la empresa Inabensa Saudí aportada por Abengoa “carece de toda credibilidad” ya que está fechado en Jeddah días antes de que Sergio Rivera obtuviera su primer visado para trabajar en Arabia Saudí y más de un mes antes de que el joven mecánico llegase por primera vez al país del golfo. Por ello, apunta la sentencia, el contrato “tampoco se acomodaría a la legislación saudí” y apunta incluso a que la empresa hubiese podido falsificar su firma: “El contrato es nulo por cuanto estando en inglés y en árabe, si la firma del trabajador fuera real, lo habría firmado por error, solo confiando en la palabra de Abengoa”.
"Con fines defraudatorios"
La resolución sostiene que Abengoa creó Inabensa Saudí como “un mero negocio interpositivo, constituida en fraude de Ley” y “creada exclusivamente con fines defraudatorios de los derechos de los trabajadores contratados en España para eludir las responsabilidades del empresario real respecto de los trabajadores desplazados”.
El 15 de noviembre de 2016, ocho meses después de la muerte de Sergio Rivera, la Inspección de Trabajo de Madrid levantó acta de infracción y liquidación de cuotas de la Seguridad Social frente a Abengoa SA por falta de alta y cotización del trabajador fallecido por el periodo 1 de abril de 2015 a 3 de febrero de 2016", dicen los hechos probados de la sentencia. Por su parte, en octubre, también la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Sevilla cursó de oficio el alta y baja del trabajador fallecido en el mismo periodo.
Según la ficha de Inspección de Trabajo, con sello del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, "se comprueba que el trabajador ha sido contratado por Abengoa para trabajar en las obras sin haber sido dado de alta en la Seguridad Social desde al menos el 1 de abril de 2015 hasta el 3 de febrero de 2016, fecha en la que fallece". "Examinados los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social se comprueba que el trabajador no se encuentra dado de alta en el periodo indicado", añade el informe que calcula en 11.592,44 euros la cantidad adeudada.
Abengoa recurrió esta resolución, perdió de nuevo. La Sección Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó el fallo el 13 de marzo del año pasado. A la luz de los hechos, la primera sentencia puso en conocimiento a la Fiscalía por si se hubiese cometido alguno de los delitos recogidos en el capítulo del Código Penal que recoge la legislación de los derechos de los trabajadores.
Fuentes de la investigación informan a Vozpópuli de que el Ministerio Público declinó abrir una investigación, pero el caso ha cobrado una nueva dimensión una vez que el juez de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha visto motivos para indagar penalmente tal y como informó este periódico. Tanto el magistrado como la Fiscalía aprecian ahora indicios de delito y han aceptado a trámite una querella presentada por el padre del fallecido por un delito de homicidio imprudente en concurso ideal con otro delito contra el derecho de los trabajadores. Ya ha fijado fecha para tomar declaración a los primeros responsables.
900 expatriados españoles
Según los datos del consorcio, desde la adjudicación han trabajado más de 1.500 personas en las obras de construcción en Arabia Saudí del tren de alta velocidad entre La Meca y Medina. Se calcula que cerca de 900 han sido expatriados españoles, en los periodos de mayor demanda de mano de obra.
Estas mismas fuentes indican que para garantizar unas condiciones óptimas de trabajo, se han instalado cuatro campamentos a lo largo del trazado, en los que se habilitaron zonas de descanso y alimentación, con bebidas durante las 24 horas del día para evitar la deshidratación, especialmente en los meses de verano. En estos meses de verano, asimismo, los turnos se han readaptado a las franjas horarias de menos calor (turnos nocturnos), para evitar jornadas de exposición al sol.
Afirman que desde el consorcio se han extremado al máximo las medidas de seguridad y prevención de riesgos laborales, "lo que se ha reflejado en un bajo índice de incidentes durante el conjunto de la obra". "Pero es innegable que las condiciones de trabajo han sido duras, especialmente por las características climáticas y orográficas del país, algo que pone de relieve el gran trabajo y el enorme esfuerzo llevado a cabo por los trabajadores que han hecho este proyecto posible", añaden.