La Audiencia Nacional ha acordado prisión incondicional sin fianza para el presunto autor de las cartas bomba que llegaron a Moncloa y varios organismos oficiales. El magistrado José Luis Calama Teixeira ha dado luz verde a la petición de la Fiscalía que ha solicitado para este jubilado la medida prisión provisional ante el riesgo de fuga y de que oculte las pruebas de la investigación.
El magistrado explica en su auto que las pruebas recabadas a lo largo de la instrucción sitúan a este jubilado como principal sospecho de todos estos envíos de carácter terrorista. En concreto, se apela al mismo matasellos que se encontró en todos los sobres enviados entre noviembre y diciembre del año pasado así como a la trazabilidad de los sobres que permitieron constatar que los envíos partieron desde diferentes buzones de la localidad de Burgos.
Pillado con la compra de sobres
De hecho este punto fue clave para que los investigadores dieran con la pista de Pompeyo González, en tanto la empresa, al ser preguntada por las personas que adquirieron estos sobres, dio su nombre. El 5 de noviembre de 2011 adquirió 25 sobres iguales de estas características en Miranda de Ebro, localidad donde fue detenido.
Además, el juez justifica el ingreso en prisión del autor de las cartas bomba también en la posibilidad de que cometiera otros hechos delictivos. Tanto es así que en la entrada y registro de su domicilio, se intervinieron diversas varillas cilíndricas que pueden corresponder con el mismo tipo de cilindros que alojaban en su anterior el pistón incendiario de los artefactos explosivos caseros; diferentes tornillos junto con muelles similares al “percutor” que se utilizó en sus paquetes bomba y taladros con brocas de precisión similares a las empleadas para la elaboración de los referidos artefactos.
Además, el auto advierte que para valorar el riesgo de fuga hay que tener en cuenta la gravedad de los hechos. Los delitos que se le atribuyen a Pompeyo superan con creces los 20 años de prisión, por lo que podría presumirse "una tentación de huida". Por otro lado, el uso de aplicaciones rusas de mensajería, así como el nivel de propaganda sobre el exterior "pudieran facilitar su huida a territorio ruso, recibiendo al efecto ayuda de ciudadanos" rusos.
6 delitos terroristas
El presunto autor de estas cartas bomba, Pompeyo G.P, ha pasado este viernes a disposición judicial tras su detención el viernes en Miranda de Ebro. El interrogatorio ha comenzado a las 11.00 horas pero apenas se ha prolongado ya que el investigado se ha acogido a su derecho a no declarar. Al término, se ha celebrado una 'vistilla' para decidir si se le envía a prisión o se le deja en libertad.
Al respecto la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido privación de libertad sin fianza por posible riesgo de fuga, de que oculte pruebas o de que cometa otros hechos delictivos. Así, le atribuye un total de seis delitos de terrorismo (dos de ellos agravados al dirigirse las cartas bomba a dos miembros del Gobierno) con delito de fabricación de artefactos explosivos con finalidad terrorista.
Aunque no hay indicios de que pertenezca a grupo terrorista alguno el contexto en que se producen los hechos evidencian su ánimo de alterar gravemente la paz pública
Precisamente el juez dedica gran parte de su auto a motivar el ingreso en prisión de Pompeyo así como de la finalidad terrorista de las acciones. Concretamente especifica que el concepto de terrorismo no siempre se identifica con una banda armada, sino que hay casos, como este, en los que se genera "alarma" en la población.
"Si bien no hay indicios de que el investigado pertenezca ni colabore con grupo terrorista alguno, las acciones que le aparecen imputadas (envío de seis sobres con cajas con sustancias explosivas), el contexto en el que se produce (guerra de Ucrania) y los destinatarios (embajada de Ucrania, empresas relacionadas con suministros a dicho país, lugares con intereses norteamericanos presidente del Gobierno, y ministra de Interior), evidencian que está presente el objetivo de alterar gravemente la paz pública", dice el juez.
Riesgo de que repita
En lo que respecta al delito por tenencia de artefactos terrorista, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 apela a las sustancias químicas que adquirió el autor de las cartas bomba para enviar los artefactos. De los vestigios analizados por los TEDAX se desprende que elaboró estas bombas con clorato de potasio, azufre, óxido de silicio y parafina. La carta enviada a la ministra de Defensa, Margarita Robles, también contenía azufre.
Por todo ello concluye que existen "indicios racionales" para entender que este jubilado adquirió todas estas sustancias para elaborar las cartas bomba y remitirlas por correo postal a todos sus destinatarios. Además, dentro de estos sobres introdujo postas de plomo a modo de metralla para aumentar la potencialidad lesiva.
Al respecto se recuerda que la intervención de sus comunicaciones demuestra cómo visitó páginas de armas desde su propio móvil y trató de adiestrarse en química para crear los artefactos. Ello evidencia un "alto riesgo de reiteración delictiva", lo que hace necesario acordar su ingreso en prisión provisional sin fianza.