Cataluña

La causa por traición contra Puigdemont, en dique seco: el TS, obligado a esperar un fallo de la Audiencia de Barcelona

Los magistrados de Cataluña deben dirimir antes la validez o no del auto con el que el juez Aguirre negó la amnistía al expresidente de la Generalitat por ese delito

  • Carles Puigdemont, durante su fugaz paso por Barcelona el pasado mes de agosto -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no ha podido 'agendar' aún la deliberación de la exposición razonada que el pasado mes de junio elevó el juez de Instrucción de Barcelona Joaquín Aguirre al considerar que hay indicios suficientes de un delito de traición contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, entre otros investigados. Aunque la previsión de los magistrados era no dilatar en exceso esta deliberación y determinar si procede abrir una nueva causa contra Puigdemont -algo nada descartable según fuentes del Tribunal-, lo cierto es que primero deben resolverse distintos recursos pendientes en la Audiencia Provincial de Barcelona. Se trata de recursos interpuestos por diversos imputados en una de las piezas separadas del llamado 'caso Volhov', que según Aguirre acredita la vinculación de Puigdemont y de su núcleo duro político con el régimen ruso de Vladímir Putin para la financiación del proceso separatista en 2017.

El motivo de que la causa se encuentre en este momento en un 'dique seco procesal' es que la Audiencia barcelonesa debe resolver en primera instancia los recursos de Puigdemont y el resto de investigados contra el auto dictado el pasado junio por el juez Aguirre por el que consideraba no amnistiable el delito de traición. Hasta que la Audiencia no resuelva, dando la razón a Aguirre o negándosela, el Supremo permanecerá con las manos atadas. La razón está en que la Audiencia Provincial es el órgano competente para pronunciarse sobre la aplicación de la amnistía, cuya redacción textual impide expresamente al Tribunal Supremo la posibilidad de resolver aquellos casos que no conociese con anterioridad a la entrada en vigor de la ley. Y esta ramificación del caso Volhov es una de ellas.

Un claro sesgo político

Esta previsión en la ley de amnistía, impulsada desde el Gobierno en connivencia con las exigencias de Junts durante su tramitación parlamentaria, y en virtud del acuerdo secreto que alcanzaron Pedro Sánchez y Carles Puigdemont a través de emisarios en Ginebra, tiene un carácter eminentemente político. Hurtar al Supremo esa posibilidad, y dejar recaer las decisiones en las Audiencias Provinciales, en este caso de Barcelona, demuestra que Junts ha impuesto la tesis de marginar al Supremo en la toma de decisiones que afecten a Puigdemont.

Junts ha impuesto la tesis de marginar al Tribunal Supremo en la toma de decisiones que afecten al expresidente prófugo Carles Puigdemont

En el momento en que la Audiencia resuelva ese recurso, el Supremo sí podrá dilucidar la exposición razonada elevada por Aguirre. Pero no hay una fecha concreta. De momento, el juez Llarena mantiene activa su decisión de no amnistiar a Puigdemont por el delito de malversación de caudales públicos. En segundo lugar, el Supremo tuvo que dar por finiquitada la causa sobre los actos violentos de Tsunami Democràtic tras un error procesal del entonces juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón. Este error (decretó una prórroga de la investigación fuera de plazo por unas horas) forzó el archivo de la causa que apuntaba hacia Puigdemont por un delito de terrorismo, a priori excluido expresamente de la ley de amnistía. Y en tercer lugar, queda la incipiente acusación por traición, que tampoco es amnistiable.

Si la llamada Sala de Admisión del Supremo estima que los indicios hallados por Aguirre son solventes, abrirá una nueva causa contra el expresidente de la Generalitat, que complicará aún más su futuro, independientemente de lo que pueda resolver en el plazo de seis meses el Tribunal Constitucional.

"Flancos débiles"

Llegado ese momento, el Supremo tendrá tres opciones: admitir a trámite la investigación (el ponente actualmente es el magistrado Antonio del Moral); rechazarla; o devolvérsela al propio juez Aguirre para que concrete con más nitidez los indicios contra Puigdemont. De hecho, la exposición razonada es un inmenso compendio teórico de las llamadas 'guerras híbridas' y de la preocupación expresada por Europa por las nuevas formas de terrorismo y los ciberdelitos vinculados a las criptomonedas, por ejemplo. Pero según fuentes jurídicas, la exposición tiene "flancos débiles desde el punto de vista técnico para sostener la argumentación concreta del delito de traición en lo que afecta directamente a Puigdemont".

Más allá de eso, el momento procesal en torno a este caso genera un embrollo considerable, que complica más el panorama. Por un lado, la Audiencia Provincial ya acordó a principios de junio obligar al juez Aguirre a poner fin a la instrucción sobre la llamada conexión rusa del ‘procés’. Fue la Sección 21 de la Audiencia quien avisó a Aguirre de que el plazo para continuar la investigación, tras sucesivas prórrogas, se había agotado, y que debía decidir en ese momento si archivaba definitivamente el caso o disponía la apertura de juicio.

En paralelo, y días después, con la amnistía ya en vigor, Aguirre negó la opción de que Puigdemont fuese amnistiado sin esperar, por ejemplo, a que la Fiscalía se pronunciara al respecto. De hecho, Aguirre abrió una pieza separada para seguir investigando la conexión del independentismo catalán con Rusia, en la que posteriormente se supo presuntamente implicado a otro ex presidente de la Generalitat, Artur Mas. Y todo ello, teóricamente, al margen de la decisión de la Audiencia Provincial. Y para concluir el embrollo, sigue pendiente de resolución la querella que Puigdemont y otros imputados presentaron contra el juez Aguirre ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por prevaricación. Todos estos factores son los que están convirtiendo el caso Volhov en una compleja madeja jurídica que el Supremo, de momento, está impedido de aclarar por impedimento de la propia Ley de Amnistía.

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