Cataluña

El TSJC avala el 'certificado covid' para restaurantes, bares y gimnasios en Cataluña

Cataluña aplicará la obligatoriedad del 'certificado digital covid' para acceder a los espacios interiores de restaurantes, bares o gimnasios después de recibir este jueves el visto bueno del Tribunal Superior

  • Entran en vigor las nuevas restricciones en Cataluña tras publicarse en el Diario Oficial.

Cataluña aplicará la obligatoriedad del 'certificado digital covid' para acceder a los espacios interiores de restaurantes, bares o gimnasios después de recibir este jueves el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Dicho certificado, que ya se requiere para entrar al ocio nocturno en interiores y para banquetes, celebraciones y actos que se celebren en hoteles y restaurantes con posibilidad de baile, también se aplicará ahora para las visitas a residencias. 

La medida, que previsiblemente entrará en vigor la madrugada de este viernes y con una vigencia de 14 días, fue aprobada el martes por el Consejo Ejecutivo de la Generalitat, recogiendo una parte de las recomendaciones del Comité Científico Asesor, que ha diseñado un semáforo según el cual la comunidad se encuentra en riesgo alto de transmisión.

Los magistrados han aceptado la petición del Gobierno catalán, que necesitaba el aval judicial para aplicar estas medidas al afectar a derechos fundamentales. El martes, la Generalitat anunció que pediría al tribunal la autorización para extender el uso de este certificado ante un aumento "preocupante" de los contagios.

Una vez autorizada esta nueva ampliación, el TSJC ha advertido a la Generalitat de que la "adición acentuada y sin freno de más y más actividades" a las que se requiere el 'pasaporte sanitario' va alcanzando una "altura que va a requerir cuando menos una mayor motivación y justificación reforzada" para seguir obteniendo el aval judicial. No obstante, la sala estima que la extensión que ha solicitado esta semana la Generalitat para los próximos 14 días es "idónea" para la lucha contra la propagación del virus "en un entorno en el que la actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social y dificultad de mantener la distancia social con mascarilla puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas".

También considera que la solicitud de la Generalitat es "necesaria", dada la incidencia que aún se mantiene en Cataluña en la propagación del coronavirus y que se pueden dar escenas de "súper propagación". Además, ve la extensión del 'pasaporte covid' "proporcional", teniendo en cuenta que supone la posibilidad de reapertura en muchas actividades que habían quedado paralizadas o suspendidas.

"Sin dilación"

En este sentido, subraya que las medidas restrictivas de derechos fundamentales que planteó la Generalitat pueden ser autorizadas porque cumplen con el requisito de su proporcionalidad y son necesarias y ponderadas, "en un estado que ahora se vuelve a agravar", por lo que procede atenderlas debidamente "sin dilación". En su resolución, el TSJC recrimina además a la Generalitat que la documentación que le envía para solicitar su aval a este tipo de restricciones "dista mucho de clarificar el régimen que se trata de establecer, hasta hacerlo pastoso, en exceso reiterativo, hasta penetrar en una senda que puede dificultar en grado extremo su atendible comprensión". Por este motivo, le insta a que en futuros casos lo pida con "mayor simplicidad", separando los informes sobre los datos epidemiológicos y sanitarios de las medidas que se piden, diferenciando claramente las que afectan a derechos fundamentales y las que no. 

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