El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la Generalitat de Cataluña, en lo que a la desjudicialización del conflicto catalán se refiere, es toda una incógnita. La ausencia de concreción en relación a este punto alcanzado en la mesa de diálogo y la urgencia del Ejecutivo de Pedro Sánchez por renovar el Tribunal Constitucional hace sospechar que se podría volver a optar por una vía que ya se recogió en el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006 para que esta comunidad tenga su propio Poder Judicial.
El Estatut, aprobado durante el mandato de Pasqual Maragall, ya intentó sin éxito contar con un sistema judicial autónomo que evitaría que los catalanes tuvieran que rendir cuentas en altos tribunales nacionales, como el Supremo, ante eventuales ilegalidades. Es lo que el documento bautizó como Consejo de Justicia de Cataluña. El estatuto estipulaba que no dependía del CGPJ, sino que simplemente debía comunicar las iniciativas que emprendiera.
Su composición era muy similar a la del órgano de gobierno de jueces, ya que lo lideraría el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y sus miembros serían designados por el Parlament. Es más, abría la puerta a que se le propusiera la convocatoria de oposiciones y concursos situándole al mismo nivel que el Gobierno estatal o el CGPJ. Se trató, pues, de una primera fase de 'desjudicialización' que el Tribunal Constitucional presidido entonces por María Emilia Casas, tumbó por inconstitucional.
Una 'desjudicialización' ya conocida
Aunque el Estatut contó con el visto bueno del Gobierno de Zapatero y superó su tramitación en el Parlament y en el Congreso (con apenas un 54% de los votos), esta parte de la norma quedó en papel mojado cuando llegó la prueba de fuego del Constitucional en 2010. El texto, que se votó por bloques, anuló únicamente un total de 14 artículos, aunque eran los más polémicos.
Así, por ejemplo, tumbó la referencia en el preámbulo de Cataluña como una nación especificando que estos términos carecían de eficacia jurídica interpretativa. En lo que respecta al Consejo de Justicia de Cataluña y sus competencias, el Tribunal Constitucional fue claro al respecto: "Disponer que este Consejo es el órgano de gobierno del poder judicial en Cataluña vulnera el artículo 122 de la Constitución".
Es inconstitucional el Consejo de Justicia en cuanto órgano de gobierno del Poder Judicial y en cuanto órgano desconcentrado del CGPJSentencia del TC sobre el Estatut
El Constitucional dio la razón a los recurrentes -que aseguraron que por imperativo legal solo podía haber un gobierno del Poder Judicial- y concluyó que este Consejo que intentó impulsar el tripartito de Maragall pretendía actuar como un órgano "desconcentrado" del CGPJ. Lo mismo concluyeron en relación a su facultad de dictar resoluciones en materia de nombramientos, autorizaciones, licencias o permisos de jueces y magistrados: "Es inconstitucional".
El procés como telón de fondo
De esta forma, el tribunal de garantías alejó la posibilidad de aprobar este CGPJ catalán que, 16 años después, vuelve a cobrar protagonismo tras el acuerdo del Gobierno de Pedro Sánchez con el Pere Aragonés. Ahora, de hecho, hay mucho más en juego. Las negociaciones se producen una vez muerta la vía del procés para los condenados e indultados por impulsar el 1-O y declarar la independencia de Cataluña. No obstante, el Tribunal Supremo todavía tiene pendiente sentar en el banquillo a algunos de los procesados en rebeldía tras su fuga de la Justicia, como es el caso de Carles Puigdemont.
Con todo, las concesiones en materia de Justicia podrían no quedarse ahí. Desde hace tiempo el Gobierno lleva estudiando (a petición también de los líderes independentistas de Cataluña) la reforma del Código Penal para cambiar las penas asociadas al delito de sedición. Al respecto, el Gobierno sostiene que siguen en proceso esta promesa con la que pretenden reducir considerablemente la pena de hasta 15 años de prisión de cárcel para personas constituidas en autoridad.
Reforma del TC, la clave
Fuentes jurídicas de alto nivel consultadas por este medio consideran que el principio de acuerdo entre Sánchez y Aragonés no es más que una cesión más en aras a evitar a toda costa que, ante situaciones como la ocurrida en el procés, les tenga que juzgar un tribunal nacional. A mayores, tratan de evitar el escenario que se vivió con la tramitación del Estatut, del que el Tribunal Constitucional tumbó cerca de una quincena de artículos.
Por ese motivo los plazos para el Gobierno son claves. La falta de acuerdo con el PP para renovar el CGPJ ha terminado por pasar factura también al Constitucional. El pasado mes de mayo caducaron los mandatos de cuatro de sus miembros, siendo uno de ellos el del presidente Pedro González-Trevijano. De estas cuatro figuras, dos las tiene que elegir el Gobierno y otras dos el CGPJ, órgano que tiene limitadas sus funciones precisamente por una Ley que impulsaron los dos socios del Ejecutivo.
El cambio que pretende impulsar el equipo de Gobierno urge, máxime teniendo en cuenta que con sus dos candidatos, de corte progresista, conseguirá revertir la mayoría conservadora actual. Al respecto, ya suena para presidente del órgano el magistrado Cándido Conde-Pumpido, según fuentes jurídicas consultadas por Vozpópuli. Este giro implicaría que el estudio de recursos clave como el del aborto o la eutanasia se abordaría con una mayoría progresista y un presidente de mayor afinidad.
Pero, más allá de estos asuntos, la reforma conllevaría que todas las propuestas que ahora se estudian a puerta cerrada con Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) no tendrían una tramitación tan complicada como ocurrió con el Estatut hace ahora doce años. El escollo que tenía el Ejecutivo al respecto era relativo a la limitación de funciones del CGPJ. Aprobada la Ley que le permite únicamente elegir a sus dos propuestas del TC y señalado Pleno en septiembre para ello, las opciones para esta "desjudicialización" cobran fuerza.