El Tribunal Administrativo de Contratación Pública ha declarado nula la orden de la Consejería de Presidencia y Justicia por la que se desistía del procedimiento de adjudicación del contrato para la redacción, ejecución y explotación del proyecto Ciudad de la Justicia.
Así lo detalla este organismo en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, tras estimar un recurso interpuesto por Acciona y OHL por la citada orden emitida en noviembre por el Gobierno regional, que dejaba en suspenso el proyecto Ciudad de la Justicia. Apela el tribunal al principio de confianza legítima y de vinculación de actos propios para estimar el recurso de ambas compañías contra el desistimiento de la licitación.
Apela el tribunal al principio de confianza legítima y de vinculación de actos propios para estimar el recurso de ambas compañías contra el desistimiento de la licitación
La Comunidad de Madrid anunció el 17 de noviembre que desistía definitivamente del actual proyecto de Ciudad de la Justicia, ideado por el anterior Gobierno de Ignacio González, ante "la incertidumbre temporal sobre la resolución de los contratos adjudicados con anterioridad" y que han sido recurridos en sede judicial, tal y como indicaron la presidenta regional, Cristina Cifuentes, y el consejero de Justicia, Ángel Garrido.
Concretamente, la Dirección General de Justicia y Seguridad ha decidido, finalmente, el desistimiento del contrato de concesión de obra pública de este proyecto al haberse licitado cuando todavía no estaba resuelto, al menos, un contrato previo, ya adjudicado para el Campus de la Justicia, y que, en parte, tenía la misma finalidad. El Consejo de Gobierno ha sido informado este martes de esta propuesta.
Según explicó Garrido, el carpetazo al proyecto actual no suponía la renuncia a concentrar las sedes judiciales de la región de Madrid por parte del Gobierno de la Comunidad, pero "haciéndolo con el mayor consenso posible con jueces y magistrados, colegios de abogados y procuradores y el resto de colectivos implicados, una iniciativa que, en su día, fue defendida tanto por los profesionales de la Justicia como por los grupos parlamentarios de la Asamblea de Madrid".
El acuerdo se notificó a los licitadores, a los que se compensaría por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica, tal y como consta en la cláusula 32 del pliego de contratación. No obstante, ahora esa orden queda anulada por el Tribunal Administrativo de Contratación.