La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón, por un delito de abusos sexuales cometido sobre una amiga suya en un parque público de Mairena del Aljarafe en plena madrugada, incluyendo los hechos "tres guantazos" dados por el inculpado a la víctima por la negativa de la misma a mantener relaciones sexuales.
En una sentencia emitida el pasado 23 de septiembre y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre su defensa, la Fiscalía y la acusación particular; que sobre las 1,00 horas de la madrugada del 21 de agosto de 2021, el inculpado, sin antecedentes penales, "se encontraba en compañía de una amiga en un parque de la localidad de Mairena del Aljarafe, al que habían acudido ambos voluntariamente, sentándose en un banco".
El relato de hechos probados reconocido por el acusado prosigue narrando que el mismo, "en un momento determinado, con animo libidinoso, se saco el pene y le dijo" a su acompañante "que le hiciera una felación, negándose esta e insistiéndole el acusado, llegando a darle varios golpes en la cara con el pene y acercándoselo a escasos centímetros de la boca".
Sin el consentimiento de la víctima
"Tras ello, sin el consentimiento de ella, comenzó a bajarle la camiseta y a tocarle y lamerle ambos pechos, pidiéndole la víctima que dejara esa actitud", señala el relato de hechos probados, explicando que una vez ambos se marcharon del parque y ya dentro del vehículo, el acusado, "con igual animo se volvió a bajar los pantalones diciéndole" a la víctima "tú sabrás si te quieres perder esta oportunidad".
Ante la persistente negativa de la chica, según la sentencia, el inculpado detuvo el vehículo, "propinándole tres guantazos en la cara a la víctima y cogiéndole fuertemente del pelo, dándole un beso en la boca y tocándole la vagina por encima del pantalón".
Atenuantes
La sentencia reconoce que en el momento de los hechos, el acusado estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas y que antes del juicio ha indemnizado con 3.000 euros a la víctima.
Así, la Sección Primera de la Audiencia condena al acusado, por expresa conformidad del mismo al haber reconocido los hechos, como autor de un delito de abuso sexual con las atenuantes de reparación del daño y de actuar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, imponiéndole una multa de 1.626 euros y dos años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella, así como el pago de las costas del procedimiento judicial.