El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha cifrado este viernes en más de 8.000 millones de euros el ahorro que supondrá la denominada reforma local, que además incluirá beneficios financieros para aquellos municipios que opten por fusionarse.
Así lo ha explicado el ministro en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha dado el visto bueno al proyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local, en el que el Ejecutivo lleva trabajando más de un año y que ha suscitado el rechazo del PSOE y el resto de la oposición al considerar que supone un ataque al municipalismo y la privatización de los servicios públicos.
Montoro ha explicado que el proyecto de ley incluye el concepto de coste efectivo de los servicios, por el que todas las corporaciones locales deberán hacer público el coste de los servicios que prestan y "a partir de ello se tomarán decisiones de beneficio para el ciudadano de forma que se acumule la prestación de estos servicios en el órgano superior", que son las diputaciones provinciales.
Otra de las novedades que recoge el texto que este viernes ha recibido el visto bueno del Gobierno, según ha apuntado el ministro, es la inclusión de un procedimiento de "incentivo" a la fusión "voluntaria" de municipios, que recibirán "mayor apoyo financiero" del Ejecutivo para "evitar la dispersión administrativa que en ocasiones es muy costosa".
Reforma de las Cámaras de Comercio
El Gobierno ha decidido también diferenciar con más claridad entre las actividades de carácter público y privado de las futuras cámaras de comercio, de manera que en ningún momento entren en competencia desleal con entidades privadas, así como dar mayor representatividad a las organizaciones de autónomos.
El proyecto de Ley de Cámaras de Comercio aprobado hoy por el Consejo de Ministros ha introducido estas modificaciones respecto al anteproyecto aprobado el pasado mayo tras el preceptivo trámite de audiencia pública, ha informado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
Así, se establece la exigencia de contabilidades diferenciadas para actividades públicas y privadas de las cámaras. Además, las actividades del ámbito privado no podrán recibir en ningún caso recursos públicos que supongan una competencia desleal con entidades privadas.
Por otro lado, se da mayor representatividad a las organizaciones de autónomos, que aumentan su participación en el pleno y se incorporan al Comité Ejecutivo.
Además, se integra en el texto la obligación de que las Cámaras de Comercio elaboren un Código de Buenas Prácticas que garantice la imparcialidad y transparencia en el ejercicio de las funciones público-administrativas.
También se elimina la necesidad de informe de la administración tutelante en el proceso de nombramiento o cese del secretario general y del director gerente, tanto de las Cámaras territoriales como de la Cámara de España.
Como ya se sabía la Ley no contempla la recuperación del recurso cameral permanente y establece que la financiación de las Cámaras se basará en los ingresos que se generen por los servicios que presten y por las aportaciones voluntarias de empresas.
El Gobierno no ha querido gravar a las empresas ni reestablecer ningún tipo de financiación obligatoria. En el caso de la Cámara de España, las aportaciones voluntarias que realicen las empresas se destinarán preferentemente a la financiación del Plan cameral de internacionalización. La ley también prevé la posibilidad de suscribir convenios con las administraciones públicas para el desarrollo de sus funciones público-administrativas.
En atención a este nuevo régimen de financiación, la ley permite a las Cámaras incentivar las contribuciones voluntarias pudiendo dar las comunidades autónomas, si así lo estiman conveniente, una mayor representatividad en los órganos de gobierno a las empresas que hayan realizado estas contribuciones voluntarias a las cámaras.
Entre las novedades de la ley, que ahora pasa al Congreso de los Diputados, destaca también la participación en la formación profesional dual, siguiendo un modelo similar al de las Cámaras alemanas.
El texto legal contempla como función la de participar, con las administraciones competentes, en la organización de la formación práctica en los centros de trabajo, incluida en las enseñanzas de la formación profesional, en especial en la selección y validación de centros de trabajo y empresas, en la designación y formación de tutores y en el control y evaluación del cumplimiento de la programación.
Además reforzará el papel de estos organismos en el proceso de internacionalización y el impulso de la competitividad de las empresas españolas en colaboración con el Estado y las comunidades autónomas, y les da un papel muy importante en la mediación y arbitraje en conflictos mercantiles.