El cáncer es una lacra que persigue a quienes lo han sufrido incluso después de superarlo. Aun habiendo recibido el alta clínica, la enfermedad sigue presente para hacer trámites como contratar productos o servicios financieros, ya que desde los bancos y aseguradoras que los emiten se les solicita el historial de su enfermedad. Una demanda que puede resultar en la negación de estos productos o, incluso, una subida de su precio, al considerar que se les concede a sujetos "de riesgo". Una experiencia para muchos traumática que ha llevado exigir a los supervivientes de cáncer el conocido como "derecho al olvido oncológico", que el Gobierno ha reconocido este martes a través de un real decreto-ley.
Conseguir una hipoteca, un préstamo, hacer un seguro de vida o incluso renovar el carnet de conducir se han convertido en una odisea para quienes quieren seguir adelante tras su aciago recorrido por esta enfermedad, fuente de discriminación para muchos de ellos. Así, el derecho al olvido oncológico recién reconocido se alza como la medida para otorgarles protección social con tal de evitar este tipo de trámites y aspirar a la integración y la rehabilitación plenas tras superar la enfermedad.
¿Qué implica el decreto-ley para el derecho al olvido oncológico?
Según la propia la RAE, el derecho al olvido, también conocido como derecho de supresión, consiste en “eliminar, ocultar y cancelar aquellas informaciones o hechos pasados de la vida de las personas”. Este derecho conecta con el borrado de datos o el llamado derecho de supresión contemplado en el Reglamento de la Unión Europea UE 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Partiendo de este derecho, los supervivientes al cáncer reclamaban que se les aplicara este derecho en lo que respecta a su historial clínico, de ahí el término "olvido oncológico".
Ahora, el decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros evitará a los supervivientes tener que declarar sus antecedentes oncológicos a la hora de suscribir un seguro de vida siempre que hayan pasado cinco años desde el fin del tratamiento, sin recaídas posteriores. El real decreto-ley modifica el texto refundido de la ley general para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, otras leyes complementarias de 2015, y la ley de Contrato de Seguro de 1980 con el fin de dar cumplimiento a la resolución del Parlamento Europeo de febrero de 2022 que llamaba a los Estados miembros a garantizar el derecho oncológico o, más concretamente, "el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer hacia una estrategia global y coordinada".
El real decreto-ley establece "la nulidad de las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyan a una de las partes por haber padecido cáncer" y "la prohibición de hacer diferenciaciones en la contratación de un seguro a una persona por haber sufrido una patología oncológica", una vez transcurrido el citado plazo.
El derecho al olvido oncológico, una demanda histórica que se ha materializado
La Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) llevaba esta lucha por bandera desde hace años de la mano de la Federación Española de Padres de Niños con Cáncer (FEPNC). Ambas constataban que los supervivientes con cáncer eran rechazados cuando intentaban contratar un seguro de salud, de vida, o una hipoteca. Algo que en muchos casos les obligó a ocultar su enfermedad.
Con la aprobación del decreto-ley, el Gobierno ha salvado una promesa electoral realizada en mayo por Pedro Sánchez de cara a las elecciones del 28-M con tal de regular por ley el derecho al olvido oncológico. El adelanto electoral al 23-J y la disolución de las Cortes, sin embargo, truncaron el proceso de sacar adelante la medida a apenas unas semanas de dar luz verde a la norma.
El derecho al olvido oncológico es un compromiso del Parlamento europeo y deberá ser una realidad en toda la UE antes del año 2025. España era, junto a Italia y Malta, los únicos países europeos sin una legislación vigente que evitase que bancos y aseguradoras discriminasen a pacientes oncológicos.
Un avance celebrado pero "insuficiente"
La Federación Española de Padres de Niños con Cáncer ha celebrado la medida ya que regula el derecho al olvido oncológico en el ámbito financiero, ha recalcado que es un "paso insuficiente" ya que los entornos laboral y educativo siguen siendo una espacio de discriminación para los supervivientes de cáncer. Así lo ha reivindicado la gerente de la Federación, Pilar Flores, a la Agencia EFE, señalando que muchos supervivientes de cáncer infantil, 20 años después de padecer la enfermedad, son discriminados en el ámbito laboral.
En el caso de reincorporación a un puesto de trabajo tras la enfermedad, la reivindicación que más abunda entre los supervivientes es que ésta sea flexible y paulatina y tenga en cuenta sus secuelas. Y en el caso de que no puedan incorporarse al mismo puesto de trabajo, los supervivientes demandan tener opción a otro equivalente, y que se acabe con la discriminación en la entrevistas.
Respecto a los supervivientes infantiles y adolescentes, Flores ha precisado que si no tienen una minusvalía reconocida, "y muchos no la tienen", el parón que les supone la enfermedad "les pasa factura, por ejemplo, en la nota de corte para acceder a la universidad". Flores ha comentado que si bien algunas universidades privadas han convocado "una especie de becas para estos alumnos, en las públicas es muy difícil y solo hay plazas de libre acceso sin restricciones para estudiantes con minusvalía".
Por esto mismo, la FEPNC ha resaltado que queda mucho por hacer en materia del derecho al olvido oncológico, pero también reconocido el valor de la nueva medida, que "pone en igualdad de oportunidades y derechos a personas con antecedentes de cáncer en el ámbito financiero".
valdeves
Como siempre este gobierno deja una puerta abierta a las impugnaciones de los seguros de vida, ya que salvo error, cualquier persona que haya padecido un proceso oncologico, una vez superado el mismo fisicamente, debe de estar tomando un medicamento durante un periodo de tiempo. La toma de ese medicamento indica que no se ha terminado el tratamiento? Porque entonces esta ley solo es valida para aquellas personas que lo hayan padecido en su juventud puesto que el medicamento se suele tener que tomar por un periodo de mas de 5 años que sumados a los cinco del final resulta que una persona que ha superado un cancer hasta pasados diez o mas años del mismo no les afecta esta ley, con lo que se encontrarian que tendrian cerca de los 65 años y entonces les aplican otras normativas restrictivas.
ma
Ahora sólo falta para que se legisle contra la discriminación por edad en la contratación por edad, y la discriminación por edad en el acceso al crédito
Karl
«Que el estado nos llame contribuyentes es equivalente a que un violador llame a su víctima "novia".» ~Javier Milei