El dictamen condenatorio de la ONU sobre las notificaciones exprés en los desahucios puede tener unos efectos demoledores en el actual panorama de los procesos hipotecarios en España. Si bien esta medida permitirá retrasar los juicios de aquellas personas que fueran notificadas mediante un edicto en el tablón de anuncios del juzgado sobre la subasta de su vivienda, en el caso de las personas que hayan sido ya desahuciadas mediante esta ‘notificación exprés’ podrán demandar al banco o al Estado y solicitar una indemnización por daños y prejuicios.
Así lo describe a Vozpópuli, Fernando Ron, el abogado que ha llevado el caso de los desahucios por la vía rápida a las Naciones Unidas, y que ha conseguido junto a su bufete FR abogados, que España tenga que modificar su ley para que cambie su modo de notificar. “Las personas que han sido ‘lanzadas’ de sus viviendas por ejecuciones hipotecarias realizadas de un modo incorrecto tienen derecho: o bien a demandar al banco, por haberlas privado de sus viviendas por un procedimiento contrario a los derechos humanos, o bien a demandar al Estado por haber mantenido una legislación que no garantizaba la protección del derecho a la vivienda”, y añade que los afectados no podrán demandar a “ambas cosas a a la vez”.
Los afectados tendrían el derecho a reclamar que se les devuelva la casa si aún la tiene el banco
No hay cifras exactas de las personas que podrían reclamar indemnizaciones por haber sido desalojadas de un modo incorrecto, pero según detalla a este diario un abogado especializado exclusivamente en procesos hipotecarios para entidades financieras “al menos 2 y máximo 3 de cada 10 demandas se notifican por edictos”, lo cual situaría la cantidad de casos en esta situación en más del 20%. Este porcentaje trasladado a la cifra total de desahucios, según los datos de la PAH - cerca de 400.000 ejecuciones hipotecarias desde 2008-, podría suponer que hasta 100.000 personas pudieran pedir una indemnización por daños y prejuicios -la cifra es menor, dado que no todas las ejecuciones hipotecarias terminan con el lanzamiento (desalojo) de los propietarios-.
Pero ¿qué indemnización puede acarrear este proceso? Fernando Ron explica que la cuantía de una indemnización es “imposible de cuantificar”, dado que los Tribunales de España son “muy reacios a dar indemnizaciones” y más si se tiene en cuenta que se requeriría al Estado español, aunque apunta que “hay opción de reclamar una indemnización cuando te han quitado la casa de modo injusto. Hay personas a las que habrán subastado y quitado su vivienda mediante un proceso que ha violado el derecho fundamental a la vivienda. Si hay violación de un derecho, hay derecho a reclamar una indemnización por esa violación”. Por ello, apunta que “esas personas tendrán derecho a pedir que les devuelvan la casa, si aún la tiene el banco, o tienen derecho a pedir que les indemnicen el prejuicio derivado de la violación de ese derecho; cada caso será diferente. En cada caso las opciones serán diferentes y el daño será diferente”.
De esta forma, muchos ciudadanos podrán hacer frente a una situación que está llamada a ser modificada en este país, y es que además de la vía abierta a los ciudadanos ya desahuciados mediante un edicto en el tablón de anuncios en el juzgado, España deberá modificar en los próximos seis meses su legislación para cambiar este modo de notificar, obliga al Gobierno a dar publicidad al dictamen de Naciones Unidas para que todos los sectores tengan conocimiento de él y condena a España a dar a dar la oportunidad a todos aquellos que estén en la misma situación a poder defenderse.
Los afectados podrán demandar al banco por haberles privado de sus viviendas por un procedimiento contrario a los derechos humanos
Gracias a este dictamen, muchos procesos hipotecarios que amenazan a familias con la expulsión de su hogar podrían retrasarse hasta su inicio para dar a los mismos la oportunidad de defenderse legalmente, algo que por culpa de la notificación a través del edicto no han tenido ocasión, una situación que según detallan a Vozpópuli desde el bufete que ha llevado el caso hasta la ONU ya están buscando otros afectados. De esta forma, algunas personas ganarán el tiempo suficiente para solucionar sus problemas económicos y saldar sus deudas, mientras que otras obtendrán una defensa justa en un proceso que, pese a este giro radical de los acontecimientos, no asegura que estos no pierdan su vivienda.
Pero precisamente en esta dirección se pronunció el Parlamento Europeo este jueves, al aprobar una resolución por 383 votos a favor, 266 en contra y 10 abstenciones, en la que pide al Ejecutivo de Mariano Rajoy poner freno al "intolerable número de desahucios" que se producen en España y solicita que, con el fin de evitar abusos del sector bancario, la Comisión Europea que vigile que los Estados miembros aplican la nueva normativa europea en esta materia. Además, insta a los bancos a no recurrir al desahucio de las familias sin alternativa habitacional, y que en su lugar apuesten por una reestructuración de la deuda con ellas.
Llegados a este punto, y con una reforma judicial pendiente debido a la condena de la ONU, el próximo Ejecutivo que salga de las urnas del 20-D tendrá un mandato desde distintos órganos internacionales, y de amplios sectores de la sociedad, para acabar con el desalojo de ciudadanos sin alternativa habitacional, que, vistos los resultados, podría salirle al Estado y a los bancos mucho más caro de lo que en un principio podrían esperar.