Cada cierto tiempo sale a la luz el caso de algún español que se encuentra privado de libertad en alguna cárcel extranjera, ocupando minutos de actualidad en los que se señala la crudeza de las condiciones de su reclusión y la posible vulneración de derechos humanos, tanto en la investigación de los delitos como en la ejecución de las condenas finalmente impuestas.
Durante los últimos meses, la detención de Daniel Sancho, su ingreso en una prisión de Tailandia y su juicio han protagonizado las noticias en este sentido. Sin embargo, son más de 900 los españoles que se encuentran actualmente privados de libertad fuera del territorio español. La mayoría de ellos son hombres (un 88,5%) y la mayor parte (alrededor del 57%), por delitos relacionados con el tráfico de drogas a pequeña escala. No obstante, también en un porcentaje considerable son acusados de robo, homicidio o asesinato (12%).
La cifra de internos en cárceles extranjeras ha seguido una línea descendente desde 2018, especialmente acentuada durante la pandemia; sin embargo, al finalizar la restricción de movilidad se ha producido un lógico repunte. Aun así, se mantiene una clara diferencia con años anteriores cuando, hace una década, se superaba la cifra de 2.500 españoles presos fuera del territorio español.
Siendo muy similares tanto el perfil de los encarcelados (normalmente delincuentes primarios con necesidades económicas) como las conductas infractoras cometidas (la introducción de droga como “mula” en un país), las experiencias de las personas detenidas y las sanciones impuestas son significativamente diferentes en función del territorio donde se investigue el delito y se cumpla la pena, ya que muchas de las decisiones adoptadas en este ámbito dependerán de la situación económica del país y del mayor o menor compromiso con el respeto de los derechos humanos.
Cumpliendo penas en 70 países
Son cerca de 70 los Estados donde, en la actualidad, hay españoles cumpliendo condena privativa de libertad. Esta debe ser respetuosa con los tratados internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, debiendo garantizarse durante el ingreso derechos fundamentales como el respeto a la vida y a la integridad física, el derecho a un juicio justo y a la asistencia consular, a la salud y a las condiciones de detención adecuadas.
La mayor parte de los españoles presos en el extranjero están recluidos en cárceles de Europa (especialmente en Alemania y Francia), donde se han firmado los mismos tratados y convenios ratificados por España, por lo que las sanciones impuestas o las condiciones de su cumplimiento son similares a las experimentadas por los presos en España.
Sin embargo, además de que otros estados prevén entre sus sanciones la cadena perpetua y la pena de muerte (inexistentes en España), las condiciones de cumplimiento de las penas de prisión en otros países distan mucho de las que conocemos aquí: muchos casos, especialmente en Latinoamérica y algunos países de África y de Asia, destacan por su peligrosidad (debido a la violencia entre los reos y a los motines), hacinamiento, insalubridad (dada la falta de separación de los presos con enfermedades contagiosas y a la ausencia de higiene), falta de acceso a la defensa, realización de torturas o detenciones secretas.
Entre las prisiones más peligrosas del mundo se encuentran la de Gitarama (Ruanda), caracterizada por el hacinamiento, la insalubridad y la peligrosidad, muriendo entre sus muros uno de cada 8 internos a causa de enfermedades o violencia; Campo 22 (en Corea del Norte), con un elevado hacinamiento y alto índice de fallecidos; la prisión de Mendoza (Argentina); la penitenciaría de Carandirú (Brasil), conocida por sus violaciones de derechos humanos, causante de motines entre los reclusos; la Modelo (Colombia); la Prisión Nacional de Maracaibo (Venezuela), distinguida, además de por el hacinamiento, por los largos encierros antes de ser juzgados los presos; la prisión en Ciudad Barrios (El Salvador), integrada por la mara salvatrucha; la de la bahía de Guantánamo (Cuba), criticada por infligir torturas y por sus altos índices de suicidio; Rikers (Nueva York), con un alto índice de violencia entre reos; la Colonia Penitenciaria IK-6 (Rusia), donde se limita extraordinariamente la capacidad de movimiento de los internos, y la Prisión Central de Bang Kwang (Tailandia), donde los internos considerados especialmente peligrosos o condenados a pena de muerte son obligados a usar pesados grilletes.
Petición de traslado a España
Las personas con residencia o nacionalidad española que hayan sido condenadas en el extranjero pueden pedir el traslado a prisiones de nuestro país y la adaptación a nuestra legislación (pudiendo obtener una reducción de la condena), una vez que la sentencia sea firme, de acuerdo con la Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE y con el Convenio de Estrasburgo sobre el traslado de personas condenadas y los convenios bilaterales firmados por España.
Distintas organizaciones no gubernamentales ayudan a los presos españoles encarcelados fuera de nuestras fronteras, denunciando los problemas fundamentales existentes y solicitando cambios más estructurales (como Amnistía Internacional) o facilitando ayuda directa a los internos o sus familias (como la Fundación +34).
Esta realidad pone de relieve aspectos del sistema penitenciario internacional que necesitan atención y reforma, y es necesario afrontar estos retos en aras de un sistema más respetuoso con los derechos humanos.
Blanca Martín Ríos, Profa. Dra. Derecho Penal, Universidad Loyola Andalucía.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.
musta
c´est pas vrai c´est pas posible.....los españoles son la gente mas honrada y trabajadora ..según se creen ser.