España

La Policía Judicial se personó varias veces en casa de Camps y llamó por teléfono para comunicarle su cita

Según han señalado fuentes judiciales, constan diligencias escritas de que la Policía acudió varias veces al domicilio del expresidente así como la hora de la llamada que se hizo al número que Camps había proporcionado al juzgado, desmintiendo la versión dada por él mismo. 

  • El expresidente valenciano en una imagen de archivo

La Policía Judicial se personó en varias ocasiones durante este fin de semana en el domicilio del expresidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps e intentó comunicarse vía telefónica con él, tal y como consta en varios de sus oficios, a pesar de que el exalto cargo asegura que ha pasado los dos días en su casa "haciendo vida normal" sin que nadie haya acudido a citarle.

Según han señalado fuentes judiciales a Europa Press, el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, encargado de instruir el caso Nóos y que había citado a Camps para este domingo a fin de que declarara por escrito, acudió a su vivienda para notificarle esta decisión y no la la sede del Consell Jurídic Consultiu, dirección que puso como domicilio a efecto de notificaciones la sede del Consell Jurídic Consultiu, del que es miembro.

Tal y como han indicado las mismas fuentes, constan diligencias escritas de que la Policía acudió varias veces a su casa así como la hora de la llamada que se le hizo a su domicilio, al número que él proporcionó al Juzgado. No obstante, el Juzgado pospuso finalmente la declaración de Camps como testigo y por escrito después de que entre este sábado y domingo no pudiera ponerse en contacto con él.

En concreto, estaba previsto que el expresidente contestase este domingo por escrito y en presencia de la secretaria judicial a las preguntas redactadas por el juez José Castro, las acusaciones y las partes en el caso Nóos, en calidad de testigo.

Camps se acogió de este modo al artículo 412.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que dispone que quienes hubiesen desempeñado cargos como el de presidente de una comunidad autónoma "estarán exentos de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que hubieren tenido conocimiento por razón de su cargo.

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