Como ha explicado la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, la eliminación de este canon, que se estableció en España en 1987 para compensar a los autores por la copia de sus obras realizada por particulares, era un compromiso que el PP había incluido en su programa electoral.
Su partido logró además que las Cortes aprobaran la pasada legislatura una moción que solicitaba la supresión de este gravamen.
El canon digital había sufrido el pasado mes de marzo un serio revés cuando la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional declaró nula la orden ministerial de junio de 2008 que regulaba este gravamen.
Meses antes, en octubre del pasado año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había declarado que el canon digital aplicado en España a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no era conforme con el Derecho comunitario.
En su sentencia, la Corte señaló que no resultaba conforme con la directiva europea la "aplicación indiscriminada" del canon, en particular a equipos, aparatos y soportes de reproducción digital -como CD o DVD- que no se hayan puesto a disposición de usuarios privados y estén reservados a usos distintos a la realización de copias privadas.
La Audiencia de Barcelona dictó en marzo pasado la primera sentencia que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y eximió a la empresa Padawan del pago de un total de 16.759 euros que la SGAE le exigía en concepto de canon digital por la venta de soportes digitales.
Durante los últimos años, el canon ha enfrentado a las entidades de gestión con el sector de la industria de las nuevas tecnologías y las asociaciones de internautas, que consideraban injusto e indiscriminado este gravamen.
Estos colectivos se agruparon en la plataforma Todoscontraelcanon y reclamaron que las administraciones públicas, empresas y particulares que usan soportes digitales con contenidos no sujetos a derechos de autor -es decir tener un CD con datos privados o fotos- deben estar exentos del pago del canon, ya que consideraban que en beneficio de unos pocos, se penalizaba a todos.
El canon debe ser pagado por el fabricante, según establecía la ley. En un principio se pagaba el canon en los soportes analógicos -por ejemplo en las antiguas cintas de casete y de VHS- y también en algunos soportes digitales, como el CD y el DVD.
A partir de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que entró en vigor en julio de 2006, se extendió el canon a todos los soportes digitales.
El listado de estos soportes y la tarifa de cada caso, según la ley, debía regularse cada dos años en una orden ministerial conjunta de los Ministerios de Industria y de Cultura, que debían hacer su propuesta si las partes -sector industrial y entidades de gestión de derechos de autor- no llegaban a un acuerdo.
A partir de ahora, en lugar del canon digital existirá un sistema de compensación de copia privada que el Gobierno fijará próximamente en un real decreto.