El expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha solicitado a la Audiencia de Sevilla -que este jueves habilitó diez días para su ingreso voluntario en prisión- que suspenda tal requerimiento de ingreso en la cárcel alegando una enfermedad grave sobrevenida, según ha adelantado 'Cadena SER' y han confirmado a Europa Press fuentes de su defensa. En concreto, el socialista ha informado de que padece cáncer de próstata de "alto riesgo".
Después de que la Sección Primera de la Audiencia desestimase su recurso de súplica a la denegación inicial de su petición de suspensión de la pena de cárcel de seis años y un día, la defensa de Griñán esgrime que es posible dictar la suspensión de la privación de la pena de cárcel sin requisito alguno en caso de que el penado esté aquejado de "una enfermedad muy grave con padecimientos incurables".
Todo ello después de que el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá -también condenado- esgrimiese argumentos similares y la Audiencia accediese a suspender temporalmente la ejecución de su pena de cárcel.
En un auto emitido este jueves, difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Primera de la Audiencia aborda los recursos de súplica de las defensas de José Antonio Griñán, la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo; el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo; el exconsejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera; el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández; el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá; el exdirector de la agencia IDEA Miguel Ángel Serrano y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.
En su recurso de súplica, Griñán pedía "fijar un plazo prudencial mayor que el de diez días acordado, para el comienzo del cumplimiento de la ejecución de la pena privativa de libertad", proponiendo en concreto "tres meses", para "evitar un cumplimiento (de la pena de cárcel) que pudiera ser fallido, indebido innecesario o improcedente".
"Porque lo que es innegable es que si fuera concedido el indulto parcial o estimada la cuestión de nulidad por la que se interesa la reducción de la pena a dos años, el ingreso en prisión que se ordena resultaría fallido, indebido o improcedente, es decir, innecesario", exponía su defensa.
No concurre circunstancia alguna que aconseje la suspensión de la pena por petición de indulto", resumían los magistrados.
Dichos recursos de súplica se dirigían contra el auto de fecha 15 de noviembre, en el que esta instancia judicial denegaba ya las peticiones iniciales de suspensión de las penas de cárcel que pesan sobre ellos, seis años y dos días en el caso de José Antonio Griñán.
Tales peticiones de suspensión de las condenas a cárcel esgrimían principalmente las solicitudes de indulto parcial elevadas por los condenados al Ministerio de Justicia y los incidentes de nulidad planteados ante el Tribunal Supremo, que ante sus recursos de casación contra la sentencia inicial condenatoria de la Sección Primera de la Audiencia, confirmó plenamente las citadas penas de cárcel salvo en el caso del exdirector de Trabajo Juan Márquez, respecto al cual redujo la pena de cárcel de siete años y un día de prisión a tres años, al apreciar la atenuante analógica de reparación del daño.
Nada "aconseja" suspender la pena de cárcel de José Antonio Griñán
En ese marco, en el auto objeto de estos recursos de súplica contra la denegación de las peticiones de suspensión de las penas de cárcel de los condenados, la Sección Primera de la Audiencia admitía "la carencia de antecedentes penales de los condenados", pero por otra parte señalaba "la gravedad y extensión de las penas, lo que impide la suspensión de la ejecución de la pena en todas las formas recogidas en el artículo 80 y siguientes del Código Penal, motivo por el que todos ellos han solicitado la suspensión de la ejecución mientras se tramita el indulto".
"No concurre circunstancia alguna que aconseje la suspensión de la pena por petición de indulto", resumían los magistrados, que señalaban igualmente, respecto a los incidentes de nulidad planteados ante el Supremo por las defensas, que "en modo alguno la presentación del incidente puede dar lugar a la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas en sentencia firme", pues ello "supondría un quebranto de los preceptos que regulan la suspensión de la ejecución de las penas y el cumplimiento efectivo de las mismas".
En cuanto a Juan Márquez, condenado a tres años de cárcel, la sala argumentaba que "su situación es distinta, siendo la pena inferior en tres y cuatro años a la del resto, lo que unido a la carencia de antecedentes penales y a razones objetivas que determinaron una cuantitativa rebaja penológica en la sentencia dictada por el TS, son circunstancias a tener en cuenta para que se proceda, por un tiempo prudencial de un año, a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad mientras se tramite el indulto".
nidiosniamo
Jose Antonio Zaplana, dice que está enfermo y, no puede estar en la cárcel, huy¡ perdón quise decir Griñan, el Zaplana ese, está enchironado y enfermo, que malos no le sacan para que se cure, pués a este pájaro lo mismo, todos iguales en la misma cárcel.
farmyardcheek
Y? Cualquier español se traslada al hospital desde su domicilio. El suyo es la cárcel
Dababy
Lo de Blesa fue más digno.
Birmania
Estando en la cárcel también puede ser tratado.
Urente
Y si al final depósita todas sus esperanzas en esta historia, ¿por qué no salió con ella desde el principio en lugar de marear la perdiz y hacer perder tiempo al juez, causando costes adicionales para el erario?
Yomismo
La mayoría de los hombres con diagnóstico de cáncer de próstata no mueren por la enfermedad. Para que el carcinoma de próstata llegue a ser mortal ha de pasar por una serie de estadios, que dudo mucho que este elemento descuidara su salud.
gwy
Y evidentemente procede ahora una revisión por perito independiente y si se descubre un engaño enchirinar al médico de partido, digo de parte, por falso testimonio
gwy
En realidad quiere decir que es un cáncer para la Democracia hasta la próstata. Pero eso dicho así todavía no le hubiese valido
Procusto
Calma. Todavía se puede recurrir la prisión al tribunal interestelar de Ganímedes.
Termopidas
Tendra que presentar informes médicos a los juzgados..??? Aunque nos caiga mal,ese señor...prefiero ponerme en el lado humanitario...los que hemos renido familiares que han muerto,por esa terrible enfermedad...sabemos lo terrible que es...es fundamental el apoyo familiar...salir de una sesión de radioterapia y despues volver a la cárcel no es el sitio adecuado...por muy mal que nos caiga esa persona...
Termopidas
La palabra cáncer ...produce pánico...que la justicia decida...
Fer Nando
Todos los médicos sabemos que el cáncer de próstata se soluciona satisfactoriamente en un 90 % de las ocasiones. Así que este condenado tendría que demostrar desde cuando padece la enfermedad, en qué fecha se realizó la biopsia presentada, pronóstico individual de su caso concreto (no hay enfermedades si no enfermos). Tengo compañeros que han resuelto casos similares sin dejar de acudir a sus consultas para ejercer puntualmente sus trabajos (sin coger ni un día de baja médica). Sólo aclarando todos los extremos la sociedad podrá sentir la tranquilidad de que se ejerce justicia.
spqr
Al etarra Bolinaga lo excarcelaron, porque "le quedaba poco tiempo de vida" y se pasó años tomando chiquitos en su pueblo, riéndose de sus víctimas y de los tribunales.
Davidoff
A ver si el responsable de instituciones penitenciarias construye un gran hospital general con los sótanos llenos de calabozos. "Si te dedicas al choriceo puede que acabes en la cárcel, pero lo que es seguro es que terminarás en una caja de pino, con cáncer de próstata o sin él", Firmado: Karma.
sergeidu
Como hizo De Juana Chaos el terrorista de ETA en su momento y con Zapatero le salió bien. Cada vez se mimetizan más.
Leonidas
Qué indecente ladrón. Cómo ni llega a tiempo la ley del gobierno corrupto y ladrón, hará lo posible para no entrar. Me temo que como al mafioso Pujol, no los veremos en la cárcel
Urente
La enfermedad grave sobrevenida debe ser lo que se conoce popularmente como "cagalera por acojone".