España

El juez de Tsunami atribuye a Puigdemont delitos que podrían esquivar el alcance de la amnistía

El magistrado habla de "unidad de acción" de Puigdemont y los imputados por Tsunami y estrecha el cerco contra la plataforma por las acciones violentas de Urquinaona que dejaron a tres policías heridos de gravedad

  • Varios manifestantes frente al fuego de una hoguera durante los disturbios en la Plaza de Urquinaona

El caso Tsunami Democràtic estrecha el cerco en la figura de Carles Puigdemont y el resto de imputados por su responsabilidad en las protestas que convocó la plataforma en el centro de Barcelona los meses de octubre y noviembre de 2019 y en las que resultaron heridos de gravedad tres agentes. El magistrado avanza ya que estos hechos podrían vulnerar lo recogido en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH); precepto que, a día de hoy, está excluido del articulado que amnistía el terrorismo.

Como avanzó este medio, el foco de la causa abierta por terrorismo se ciñe ahora en los graves disturbios ocurridos en la Plaza de Urquinaona y en los que resultaron heridos de gravedad varios agentes. Precisamente por ello algunos imputados, como ocurre con Marta Molina, han pedido al instructor que expulse del procedimiento a estos agentes, personados como víctimas.

Pero el magistrado ha desestimado la pretensión en un auto en el que acota la responsabilidad en los hechos de Puigdemont y el resto de investigados por terrorismo. De hecho, abre una vía que, a día de hoy, no está incluida en el borrador de la amnistía que se aprueba en el Pleno del próximo martes.

La "llamativa" conversación de Puigdemont

En el auto por el cual confirma la personación de dos policías heridos en estos disturbios, reitera que Tsunami Democràtic no fue un "invitado de piedra" en la batalla campal que tuvo lugar el 18 de octubre en la Plaza de Urquinaona. Aunque los imputados insisten en que no hay indicios que les atribuya su responsabilidad en estos hechos, el magistrado reitera que Tsunami está detrás de su organización.

De hecho, sostiene que fue precisamente bajo la cobertura de una convocatoria a la huelga general del 18 de octubre "donde se produjeron alteraciones graves de la paz social y el orden público".
Al respecto explica que los indicios apuntan a una participación de Tsunami Democràtic en lo ocurrido aquel día y que resulta "especialmente llamativa" la conversación mantenida justo aquellos días entre Puigdemont y el empresario Josep Campmajó acerca de los disturbios de Tsunami y las consecuencias de que las batallas campales dejaran algún fallecido.

La Guardia Civil desvela conversaciones de Puigdemont con uno de los empresarios de Tsunami Democràtic

Para el magistrado este indicio junto con las anotaciones de la agenda de Josep Lluís Alay acerca de reuniones en Ginebra con Puigdemont y los impulsores del movimiento son indicios suficientes que probarían su implicación en el diseño de Tsunami. Al respecto el magistrado apela a la jerarquía dentro de esta plataforma y al 'dolo' atribuible a Puigdemont aunque los hechos los cometieran otros.

El CEDH y la amnistía

"Los agentes de Policía lesionados sufrieron daños muy graves. (Se produjo) un resultado lesivo que la instrucción debe indagar si resulta objetivamente imputable a la acción de Tsunami Democràtic y sus organizadores", recalca el magistrado Manuel García Castellón.

"Es por ello que no puede minimizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó, incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución Europea y el artículo 2 de la Convención Europea de Derechos Humanos, y del que podrían ser partícipes los investigados", recalca.

Este último artículo del Convenio determina que "el derecho de toda persona a la vida está protegido por la ley" a la par que recalca que "nadie podrá ser privado de su vida intencionadamente, salvo en ejecución de una condena".

Precisamente la ley de amnistía en la que trabaja el Gobierno con Junts y ERC y que el martes se aprobará definitivamente en el Pleno, hace alusión a este artículo segundo del CEDH pero como excepción a los supuestos amnistiables.

Tras incorporar el pasado martes las dos enmiendas transaccionales pactadas entre el Gobierno y sus socios independentistas, el borrador determinaba la exclusión de los delitos de terrorismo (con y sin sentencia firme) a excepción de aquellos actos de terrorismo que, "siempre y cuando, de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario".

Así pues, con la redacción actual de la amnistía, el texto hecho a medida para amnistiar a Puigdemont y otros líderes independentistas no garantizaría la cobertura de la medida de gracia. Cabe recordar que cuando el Ejecutivo comenzó a negociar la amnistía con sus socios independentistas, el foco se ponía en la causa del procés.

Así pues, el borrador inicial se ciñó a los hechos del procés pero la imputación en noviembre de Puigdemont en esta causa junto con una docena de personas forzó el retoque del texto. La proposición de ley que el PSOE registró en la Mesa ya hacía alusión a la amnistía del terrorismo en aquellos casos en los que no hubiera sentencia firme.

"Unidad de acción" en Tsunami

De esta forma se conseguía que la futura ley anulara la causa de Tsunami así como la vigente contra 12 CDR por delito de terrorismo. Esta última tiene la instrucción finiquitada y recientemente se les abrió juicio oral, por lo que solo se estaría a la espera de que se señalase fecha para la vista.

Con todo, los últimos pronunciamientos del magistrado García Castellón en relación a la consolidación del delito del terrorismo forzaron un nuevo retoque del texto, ya en el proceso de enmiendas, de manera que se terminó aceptando la exigencia de Junts de cara a incluir el delito de terrorismo de manera global, al margen de que los hechos estuvieran condenados y sentenciados.

Sin embargo, se excluyó específicamente los artículos más protegidos del Convenio Europeo de Derechos Humanos, los mismos que ahora recoge el magistrado en su auto para acotar la responsabilidad penal de Puigdemont y el resto de investigados en estos hechos.

Al respecto, en este último auto, el juez alude a doctrina de los tribunales para consagrar una "unidad de acción" de los imputados en los hechos. "Si las infracciones se llevan a cabo con unidad de conocimiento y de voluntad, fieles al plan ideado, no puede sino concluirse que todos los que concurren en la ejecución de un hecho se ven ligados por un vínculo de solidaridad que los corresponsabiliza en el mismo grado", avisa.

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