El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la decisión de la Delegación del Gobierno de prohibir una manifestación atea el próximo Jueves Santo por el centro de Madrid, desestimando el recurso de los convocantes al entender que podría suponer una alteración del orden público.
La sección octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso interpuesto por la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores y de la Asamblea Vecinal de la Playa de Lavapiés en contra de la prohibición decretada por la Delegación.
La Delegación ya prohibió la manifestación atea en 2011 y 2012 con los mismos argumentos y el TSJM avaló esa decisión en las dos ocasiones, mientras que en 2013 no permitió la marcha atea porque la comunicación entró fuera de plazo.
El TSJM recuerda ahora estos antecedentes y que el derecho fundamental de reunión y manifestación no es absoluto, tras lo que coincide con la Delegación en que "la apreciación de riesgo no es meramente potencial", sino que "se asienta en datos y hechos reales" en virtud de los informes de la Policía, el Ayuntamiento y el Ministerio del Interior.
Destaca asimismo que permitir esta marcha el Jueves Santo en ese horario "puede provocar la reacción de las personas de los dos colectivos coincidentes, dándose un peligro real de confrontaciones y en definitiva de alteración del orden público apreciada por la Administración".
La sala de lo Contencioso Administrativo recuerda que uno de los principales lemas de la marcha es "No al robo de la Mezquita de Córdoba. Ningún privilegio para las iglesias. De nuestros impuestos, a las iglesias cero", pero según el Ministerio del Interior en años anteriores los organizadores utilizaron nombres con carácter "claramente provocativo" para referirse a los pasos "pseudo procesionales" que sacarían a la calle.
Entre estos cita La Cofradía de la Virgen del Santísimo Coño, La Congregación de la cruel inquisición, la Hermandad de la Santa Pedofilia o la Cofradía del Papa del Santo Latrocinio.
El TSJM impone el pago de las costas procesales a los convocantes de la marcha atea.
Recurrirán al Constitucional
La presidente de la Asociación Madrileña de Ateos y Librepensadores (AMAL), Luis Vega, ha explicado a Efe que recurrirán esta decisión judicial ante el Tribunal Constitucional, porque, en su opinión, supone "que no existe la independencia judicial en España, ya que el alto tribunal lo que hace es un corta y pega de la resolución de la Delegación del Gobierno". "No existe independencia de poderes", ha asegurado Vega, quien ha subrayado que además "se criminaliza" a los organizadores al hacerles pagar las costas.
En su opinión con este cargo económico se pretende "que las asociaciones y movimientos sociales no recurran ante la Justicia y se asusten", algo que en este caso no conseguirán porque los colectivos ateos convocantes de la marcha recurrirán ante el Tribunal Constitucional.