España

La medalla a la Virgen queda vista para sentencia tras alegar Interior que da "prestigio" a la Policía

La Audiencia Nacional fallará en los próximos días si anula la condecoración a Nuestra Señora del Amor, como piden dos asociaciones laicas. En su último escrito, el equipo de Fernández Díaz insiste en defender su concesión.

  • Jorge Fernández Díaz, el pasado martes en una rueda de prensa en la Embajada de España en EEUU.

Visto para sentencia. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una diligencia de ordenación por la que declara "conclusas" las actuaciones abiertas tras el recurso de Europa Laica y el Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) contra la concesión de la Medalla de Oro al Mérito Policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor por parte del Ministerio del Interior. El escrito detalla que ya sólo queda pendiente señalar la fecha para que los tres magistrados que componen el tribunal se reúnan y emitan el fallo. La decisión se produce el mismo día que la Abogacía del Estado, en nombre del departamento de Jorge Fernández Díaz, entregaba un último escrito de alegaciones en el que, entre otros argumentos para defender la condecoración, afirmaba que la misma sirve "de fomento del prestigio y la solidaridad" del Cuerpo Nacional de Policía.

Interior insiste en sus alegaciones que no es la primera condecoración que concede "a una imagen religiosa"

En estas alegaciones, a las que ha tenido acceso Vozpópuli, la representante legal de Interior insiste en que esta medalla no es la primera que el Ministerio concede "a una imagen religiosa como símbolo representativo de un colectivo, hermandad o cofradía". En este sentido, recalca que el reconocimiento se hace en realidad a la Confradía de Culto y Procesión de Nuestro Padre Jesús 'El Rico', a quien representa la Virgen del Amor, y que se hace por su "vinculación secular con el Cuerpo Nacional de Policía" como recalcaba el expediente administrativo que precedió a su concesión. El escrito añade que con ello se quiere reconocer la "colaboración o vinculación" con la Policía de este tipo de entidades, lo que redunda en el "fomento del prestigio y la solidaridad" de ésta.

Por todo ello, la Abogacía del Estado concluye que la dos asociaciones laicas que presentaron el recurso ante la Audiencia Nacional no están legitimadas para recurrir la decisión del departamento de Jorge Fernández Díaz ya que, en su opinión, "no afecta ni perjudica sus derechos subjetivos ni intereses legítimos". "La recurrente no resulta afectada por el acto que aquí nos ocupa y, por otro lado, tampoco está legalmente habilitada para la defensa de derechos e intereses legítimos colectivos", recalca en otro punto de un escrito cuajado de jurisprudencia sobre la legitimidad o no de determinadas asociaciones para actuar ante los tribunales. Por todo ello, reclama a los magistrados de la Audiencia Nacional que inadmita el recurso de Europa Laica y MHUEL y, de este modo, de su visto bueno a la polémica medalla.

La 'no funcionaria'

No es la primera vez que los equipos jurídicos de Interior utilizan argumentos llamativos para defender ante los tribunales la concesión de esta condecoración. En una escrito del pasado 16 de mayo, la Abogacía del Estado alegaba que la Virgen del Amor no era "funcionario o personal de la Administración" para concluir que la Audiencia Nacional carecía de "competencia objetiva" para decidir sobre su legalidad. En aquel documento, recuerda que la orden del 3 de febrero de 2014 por el que se concedió "la Medalla de Oro al Mérito Policial, con carácter honorífico, a favor de Nuestra Señora María Santísima del Amor" fue un acto del propio ministro Jorge Fernández Díaz "que no puede encuadrarse en la categoría 'materia de personal" ya que "no se está condecorando a ningún funcionario o personal de la Administración ni a ningún cuerpo o escala".

El Ministerio ha defendido la medalla remontándose a la Guerra Civil y recalcando que la Virgen "no es funcionaria o personal de la Administración"

Dos meses después se conocía el contenido del expediente administrativo que había elaborado Interior para justificar la Medalla, en el que Interior se remontaba a la Guerra Civil. En él, se detallaba que la concesión de la misma se acordó por la larga relación entre la Policía y la Hermandad de Nuestro Padre Jesús El Rico, de Málaga, cofradía que venera a la Virgen del Amor como "corredentora de la humanidad y mediadora universal de todas las gracias dispensadas por Dios". Según el expediente, la relación de este cuerpo policial con dicha hermandad era estrecha, sobre todo en Semana Santa, y se remontaba exactamente al 14 de junio de 1938, cuando el Ministerio Público del entonces Gobierno de Francisco Franco nombró al Cuerpo de Investigación y Vigilancia, uno de los antecesores del Cuerpo Nacional de Policía, "hermano mayor honorario de la cofradía". Desde entonces, un comisario ha asistido a todas las procesiones de la Hermandad.

El documento destacaba que la cofradía era "conocida en toda España por tener el privilegio" de liberar un preso todos los Miércoles Santos y que, además, compartía con la Policía los valores de "la dedicación, el desvelo, la solidaridad y el sacrificio". Todo ello, continuaba el expediente, había hecho que "en el siglo pasado y en éste", la hermandad y el cuerpo policial hubieran mantenido "una colaboración estrecha e intensa" y que en 1999 Interior ya hubiera concedido la medalla policial a la cofradía. Es por ello que el Ministerio decidió en enero "honrar a María Santísima del Amor con la imposición de la Medalla de Oro con caracter honorífico, como muestra de nuestro reconomiento y respeto". Con ello, añadía, aspiraba que la Virgen acogiera a la institución "bajo el manto de su protección y con el ruego de que nos guíe en la difícil misión que la Policía tiene encomendada".

Ni muerta ni mutilada

La Audiencia Nacional estudia la legalidad o no de la concesión de dicha medalla desde que admitió en abril el recurso interpuesto por Europa Laica y MHUEL para que la Justicia determinase si era procedente o no en base a la vigente ley de honores y distinciones que una Virgen fuese merecedora de dicha condecoración. En concreto, la demanda cuestionaba que desde el departamento que dirige Fernández Díaz se reconociese a una "figura religiosa, que no es persona ni por tanto tiene entidad jurídica, ni es ni puede ser sujeto de derechos ni obligaciones". Las dos asociaciones laicas que han denunciado la concesión de la medalla consideran la misma una decisión "arbitraria" e "irracional".

Las dos asociaciones denunciantes recuerdan que la finalidad de una condecoración sólo se cumplen si se otorga a personas que puedan adoptar comportamientos ejemplares

"Si bien es cierto -indicaba el escrito- que la concesión de una condecoración no constituye un acto reglado de la Administración, sino discrecional, no es menos cierto que el acto debe enmarcarse dentro de la ley que lo regula. Y en el supuesto de autos, el acto traspasa la barrera de la discrecionalidad para adentrarse en el campo de la arbitrariedad". En este punto, la representación legal de Europa Laica y MHUEL subrayaba que, "desde el más absoluto respeto, resulta palmario que Nuestra Señora María Santísima del Amor ni es miembro funcionario de los Cuerpos que contempla la ley (tampoco la Cofradía a la que se refiere la Orden ministerial) ni es persona". Y añade: "No siendo persona no puede predicarse de ella la muerte o la mutilación ni en acto de servicio ni en ningún otro, y por lo mismo tampoco ha podido realizar ninguno de los servicios, comportamientos o actuaciones" que enumeraba la ley.

En un posterior escrito, Europa Laica y MHUEL también destacaban que el expediente administrativo que el Ministerio del Interior elaboró para otorgar la medalla a la Virgen revelaba al menos dos defectos de forma en la tramitación de la medalla que, en su opinión, eran causa de nulidad. En concreto, denunciaban que no figuraban ni el "acuerdo de incoación" ni la propuesta del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, preceptivos ambos para iniciar el proceso para la entrega de cualquier distintición policial según la ley de 1964 que aún rige las mismas.

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