España

Errejón y Bescansa se niegan a testificar en campaña en el primer juicio contra Podemos

El juzgado desbarata su segundo intento para zafarse de los tribunales en una causa que investiga la exclusión de una corriente interna en Podemos Cataluña.

  • Los dirigentes de Podemos Carolina Bescansa, Pablo Iglesias e Íñigo Errejón.

Segunda maniobra de Íñigo Errejón y Carolina Bescansa para zafarse del primer juicio contra Podemos, y segundo fracaso. Ambos, junto a la presidenta de la Comisión de Garantías Democráticas de la formación morada, Gloria Elizo, fueron citados el pasado abril a testificar el próximo 22 de junio en una causa contra la exclusión de una corriente interna en Podemos Cataluña. Sin embargo, el representante legal del partido (parte demandada) solicitó un aplazamiento de la vista argumentado que en esa fecha no podrían testificar dado que "forman parte de las candidaturas presentadas por Podemos" para las elecciones del 26 de junio y el día señalado "se encontrarán en plena campaña electoral".

En una última diligencia, a la que ha tenido acceso Vozpópuli, el Juzgado de Primera Instancia número 28 de Barcelona ha desestimado tal petición con un "no ha lugar a la suspensión y nuevo señalamiento de juicio". Asimismo, la defensa de Podemos había rogado que, llegado el caso, las declaraciones de Errejón, Bescansa y Elizo se realizaran vía videoconferencia y no de manera presencial en Barcelona, reclamando para ello "auxilio judicial a los juzgados de Madrid". En cuanto a esta súplica, todavía deberá pronunciarse el juez. 

Este procedimiento parte de la demanda presentada por el profesor Enric Martínez, excluido por la dirección nacional de Podemos en enero de 2015 cuando concurría a las primarias como candidato a la secretaría general del partido en Cataluña. El Comité de Garantías de la formación morada le expedientó con la expulsión por haber realizado "declaraciones contrarias a la línea política esencial de Podemos", en concreto cuestionando el nivel de democracia interna y la apuesta por el "derecho a decidir" en Cataluña. Además, fue acusado de "menoscabar infundadamente la reputación de un candidato" por sus "ataques personales" al secretario general de Podemos en Barcelona, Marc Bertomeu. La candidatura de Martínez, denominada 'Unidos' (desde julio de 2015 constituye el nuevo partido 'Unidos Sí'), de orientación obrerista, sostenía que "los catalanes no sufren ninguna opresión que les dé derecho a la secesión según la legislación internacional y las principales doctrinas políticas sobre la materia".

Declarar una hora en el Juzgado "no perturba el normal desarrollo de la campaña electoral", señala el abogado del demandante

Después de agotar los recursos internos en Podemos, Martínez recurrió los tribunales al entender que existe una vulneración del derecho fundamental de asociación (artículo 22 de la Constitución). La causa se encuentra ahora en el Juzgado de Primera Instancia número 28 de Barcelona y sigue el procedimiento ordinario del artículo 249.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), el que se ocupa de las demandas que "pretendan la tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y las que pidan la tutela judicial civil de cualquier otro derecho fundamental, salvo las que se refieran al derecho de rectificación".

En su primera pirueta, Errejón, Bescansa y Elizo se opusieron a testificar el 27 de abril con la excusa de que tenían sesión plenaria en el Congreso de los Diputados y no podían ausentarse. El juzgado optó entonces por el aplazamiento de la vista al 22 de junio, cuatro días antes de los comicios generales. Ahora, los dirigentes de Podemos dicen que tampoco podrán comparecer ante la Justicia porque ese día estarán haciendo campaña electoral. El abogado de Martínez critica estas maniobras y afirma que ha quedado patente cómo la intención de la parte demandada es la de "evitar la celebración del acto del juicio con todo tipos de excusas a cual más inverosímil en un afán de proteger sus intereses políticos, omitiendo el marco de Estado democrático y de Derecho en el que nos encontramos".

En esta línea, el letrado del exmiembro de Podemos Cataluña critica "que, cuando son diputados, no pueden comparecer porque tienen pleno, aunque resulte ser incierto" (la sesión fue aplazada), y cuando "no son diputados, se encuentran en campaña electoral, por lo que de un modo u otro nunca va a ser posible su comparecencia bajo esos parámetros". Para el abogado de Martínez, es "indudable que puede considerarse una campaña electoral como cualquier cosa menos una fuerza mayor" para no cumplir con la Justicia. Recuerda aquí que las campañas en España tienen una duración de más de quince días a lo largo de los cuales, los diferentes candidatos pueden defender y difundir su programa político a lo largo y ancho del apís. "Y en ese marco es irrebatible que una comparecencia en el Juzgado de aproximadamente una hora, no perturba ni es susceptible de impedir el normal desarrollo de la campaña electoral", subraya el letrado. "Cuestión distinta -añade- es que la celebración de la vista pueda resultar perjudicial para sus intereses o imagen política, mas esta finalidad no debe merecer amparo alguno en un Estado democrático de Derecho". 

"Quien ha viajado a Ulán Bator, puede hacerlo a Barcelona"

Respecto a la petición de declarar por videoconferencia desde Madrid, el abogado ve "asombrosa" tal propuesta por el simple hecho que de los testigos residen allí y no en Barcelona. "Nada se dice, por supuesto, de que como representantes políticos dedican gran parte de sus viajes a desplazarse por el país o incluso fuera con el objeto de participar en diversos actos, tertulias o debates", reprocha el representante del demandante a la defensa. E incluso pone un ejemplo: el viaje que Gloria Elizo realizó "hace apenas un mes" como vicepresidenta tercera del Congreso de los Diputados a Ulán Bator (Mongolia), dentro de una delegación de parlamentarios españoles. "Quien ha viajado a Ulán Bator, es obvio que puede hacerlo a Barcelona sin que ello le suponga mucho contratiempo", apostilla el letrado.

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