Política

Los cinco folios y la frase sobre “la normal convivencia” que cambiaron el 1-O

Un auto judicial impidió a la policía actuar en los colegios hasta el mismo día de la consulta y los Mossos lo interpretaron como un respaldo a su idea de no cargar en caso de resistencia de los votantes

  • Antidisturbios de la Policía forman un cordón de seguridad frente al colegio Ramón Llull de Barcelona.

Faltaban menos de cuatro días para el referéndum independentista cuando el Tribunal Superior de Justicia Cataluña (TSJC) irrumpió en escena y alteró los planes que tenían las fuerzas de seguridad. Lo hizo con un auto emitido la tarde del 27 de septiembre de aquel 2017 con el que asumía la respuesta a la consulta. Con ello apartó de un plumazo a la Fiscalía, que hasta ese momento se había encargado de impartir instrucciones a los cuerpos policiales. Todo cambió en ese instante, según admiten ahora a Vozpópuli los responsables de la seguridad del Estado en ese momento.

“En relación con el Ministerio Fiscal, deberá cesar en las diligencias, actuaciones e instrucciones que hasta el momento viniera sustanciando en relación con estos hechos. Así lo acuerda, manda y forma la ilustrísima magistrada”, zanjaba el auto de cinco folios. En líneas generales se mantenía el objetivo principal, que era evitar el referéndum, la constitución de las mesas, el uso de los colegios… pero la juez encargada de redactar el auto, Mercedes Armas, incluía algunas cláusulas que modificaron sensiblemente el escenario previsto.

La Fiscalía Superior de Cataluña había dictado diversas resoluciones desde el 8 de septiembre, después de que el Tribunal Constitucional prohibiese el referéndum. El 26 de septiembre, apenas unas horas antes de la intervención del TSJC, el ministerio público dictó la instrucción 6/2017 en la que se ordenaba el precintado de los más de 2.300 colegios electorales que habían sido designados centros de votación antes del sábado 30 de septiembre.

Foto de una urna del uno de octubre

El "normal funcionamiento" de los colegios

Los operativos podían, por tanto, comenzar a cerrar colegios el viernes por la tarde. Pero la juez Armas tumbó esta medida al impedir en su auto que las fuerzas de seguridad interfiriesen “en el normal funcionamiento” de los centros públicos durante el fin de semana. Las fuerzas policiales podían proceder a impedir su apertura solo “a partir” del mismo 1 de octubre.

Los organizadores aprovecharon ese resquicio para ocupar los colegios electorales alegando que durante el fin de semana había programadas actividades extraescolares. De ese modo, cuando llegaron los agentes el día 1, los centros de votación ya estaban tomados y las mesas constituidas.

A esto se suma que el 29 de septiembre, solo dos días antes de la consulta, el secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto, dictó la instrucción 4/2017 en la que se daba la iniciativa del operativo a los Mossos d’Esquadra mientras que la Policía y la Guardia Civil actuaría en su apoyo. Solo lo harían directamente en caso de ver que con los Mossos no era suficiente, como así sucedió en las primeras horas del 1-O.

El argumento de los Mossos

Interior hizo este diseño a pesar de que la juez Armas otorgaba el mismo nivel tanto a los Mossos como a la Policía y la Guardia Civil. Durante su declaración como testigo en el juicio del procés, el exministro Juan Ignacio Zoido dijo que se fiaron de los Mossos porque se lo dijo el coronel Diego Pérez de los Cobos, nombrado coordinador único de los cuerpos policiales el 1-O. Desde esa posición de liderazgo que le otorgó el Ministerio, la policía autonómica que dirigía José Luis Trapero decidió acudir a los colegios a primera hora de la mañana en lugar de a las 00.00 horas del 1 de octubre.

Ignacio Zoido declara en el Supremo como testigo

Sin embargo, el auto de la magistrada lo están utilizando tanto las defensas como las acusaciones en el juicio del procés a la hora de defender o criticar la actuación de los Mossos d’Esquadra durante el 1-O. Los procesados defienden que el cuerpo autonómico cumplió con lo que les ordenó el TSCJ y desde la Fiscalía y la Abogacía lo niegan. La disparidad de opiniones se debe a que en el apartado de Fundamentos de Derechos del auto, la juez incluyó una frase en la que pedía que la actuación policial se hiciese “sin afectar a la normal convivencia ciudadana”.

Esa expresión fue tomada por los Mossos como un respaldo a su planteamiento de no cargar contra la gente en caso de que se resistieran a abandonar los centros de votación tal y como le avanzó la Generalitat al Ministerio en la Junta de seguridad de urgencia celebrada el jueves 28 de septiembre en Barcelona. Desde las acusaciones, insisten en que más allá de la interpretación que se le pueda dar a esa frase, la policía autonómica desobedeció la orden fundamental del auto que era impedir el referéndum.  

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