La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, va a presidir de forma telemática hoy desde la Clínica Ruber de Madrid, donde se encuentra ingresada, por Covid-19, la habitual Comisión de Subsecretarios previa al Consejo de Ministros extraordinario que se celebrará mañana viernes en La Moncloa para aprobar nuevas medidas económicas, según confirman a Vozpópuli fuentes de Vicepresidencia.
"La última reunión de la Comisión de subsecretarios, celebrada el viernes pasado, se hizo por vía telemática, por lo que no hay ningún problema", señalan estas fuentes, despejando así una de las grandes incógnitas políticas del momento: si el presidente del Gobierno tendría que aprobar un Real Decreto para asignar las funciones de Calvo al vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, o a cualquier otro miembro del gabinete de coalición.
La decisión de Calvo evita a Sánchez un problema político de primera magnitud: entregar el control del Gobierno a Iglesias o 'puentearle' y nombrar provisionalmente a Calviño o a Ribera
La número dos del Gobierno se encuentra físicamente en condiciones de seguir controlando la gestión diaria a distancia desde la habitación hospitalaria convertida en despacho y eso le va a evitar a Pedro Sánchez un problema político de primera magnitud: entregar el control diario del Gobierno a Iglesias o puentearle y nombrar vicepresidenta primera provisional a Nadia Calviño o a Teresa Ribera, vicepresidentas tercera y cuarta, respectivamente.
Sánchez se lo podrá permitir mientras la baja de Calvo no sea oficial y la impida ejercer sus funciones con normalidad, porque la Ley de Gobierno (1997) es taxativa en su artículo 13 apartado dos: "la suplencia de los Ministros, para el despacho ordinario de los asuntos de su competencia, será determinada por Real Decreto del Presidente del Gobierno, debiendo recaer, en todo caso, en otro miembro del Gobierno. El Real Decreto expresará entre otras cuestiones la causa y el carácter de la suplencia".
Que Calvo pueda asistir telemáticamente desde la Clínica Ruber a las deliberaciones de Subsecretarios permite al líder socialista, además, obviar el peligroso apartado tres del citado articulo 13, que limita la ausencia "transitoria" de ella en favor, claramente de Pablo Iglesias: "No se entenderá por ausencia la interrupción transitoria de la asistencia a la reunión de un órgano colegiado. En tales casos, las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente", zanja el apartado tres.
Iglesias no será 'presidente'
Otras fuentes gubernamentales recalcan que cuando se redactó la citada ley, hace casi un cuarto de siglo, en tiempos del Gobierno de José María Aznar, el teletrabajo y la teleconferencia "directamente no se contemplaban" porque no existían como hoy día. Desde que estalló la crisis del coronavirus, prácticamente no hay reuniones presenciales para evitar riesgos de contagio.
Además, la posible baja de Calvo planteaba la siguiente pregunta en el seno del gabinete de coalición: Si Pedro Sánchez cae contagiado... Quién es el presidente del Gobierno? Y la redacción del primer apartado del artículo 13 es taxativo: en ausencia de Carmen Calvo, Pablo Iglesias.
"En los casos de vacante, ausencia o enfermedad", dice el apartado 13.1 de la Ley de Gobierno, "las funciones del presidente del Gobierno serán asumidas por los vicepresidentes, de acuerdo con el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Ministros, según el orden de precedencia de los Departamentos".