Política

Las denuncias por 'sexting' se incrementan un 46% en el último año

Expertos advierten que el envío de imágenes o vídeos de contenido más o menos íntimo, normalmente de carácter erótico o pornográfico, sin consentimiento se ha convertido en una práctica diaria

  • Concentración Iveco

El número de denuncias por 'sexting' en España aumentó cerca de un 46% en 2018. Según los datos facilitados a la Secretería de Estado de Seguridad por parte de la Policía Nacional, la Guardia Civil y los cuerpos de Policía Local, en el año 2017 se registraron un total de 590 denuncias por revelación de secretos y difusión de grabaciones que atentan contra la intimidad. Al año siguiente, la cifra se elevó hasta las 860.

Sin embargo, fuentes de Interior advierten que la estadística no recoge datos de la Ertzaintza, los Mossos y la Policía Foral, por lo que se puede afirmar que existen más. Solo en la Fiscalía de Tarragona, por citar un ejemplo, se iniciaron 66 investigaciones en el último año relativas a denuncias por descubrimiento de secretos que van desde la difusión de contenido sexual explícito a imágenes en situaciones íntimas e incluso audios o capturas de pantalla que se reenvían sin autorización.

"El envío de imágenes y vídeos de carácter sexual sin consentimiento ocurre a diario, pero no se suele denunciar y el principal motivo por el que no se acude a la policía es por vergüenza", explica Encarni Iglesias, presidenta de la Asociación Stop Violencia de Género Digital, una plataforma que se creó para dar una respuesta integral a las víctimas de delitos informáticos.

"Falta formación"

Por otro lado, Iglesias cree que en España "falta formación" por parte de las autoridades a la hora de atajar este tipo de delitos y aconseja que si alguien es víctima de un delito de este tipo "debe denunciar a la Policía desde el minuto uno". "Aún hay países que ni siquiera tienen legislación sobre este asunto y, sin embargo, todos llevan un móvil en la mano", advierte.

Es claramente perceptible la frecuencia creciente con que se utilizan las tecnologías como medio para canalizar la humillación o el ejercicio del control sobre otros

De acuerdo a la Memoria de la Fiscalía General del Estado de 2018, es claramente perceptible la frecuencia creciente con que se utilizan las tecnologías como medio para canalizar el hostigamiento, la humillación, la persecución, la coacción, el acoso o el ejercicio del control sobre otros y por ende para atentar contra la libertad de las personas.

"El uso generalizado de estas herramientas en la actividad cotidiana ha hecho factible su aprovechamiento para la comisión de este tipo de conductas cuyos efectos perversos se ven agravados por la capacidad que ofrecen las TIC para dar permanencia en el tiempo a dichas situaciones de acoso", señala el texto.

Nuevas tecnologías

Con la reforma del Código Penal de 2015 se introdujo el 'sexting' como delito, tipificándolo en el artículo 197.7 de dicho cuerpo legal. Según aclara la abogada Miriam Guardiola en la plataforma jurídica Legal Today, la  práctica consentida de enviar imágenes o vídeos de contenido más o menos íntimo está permitida y no es reprochable penalmente, pero sí se ha tipificado como delito la divulgación o emisión de estas imágenes sin el consentimiento de la víctima aunque la imagen o vídeo se hubiera tomado originariamente con su anuencia.

"La facilidad y el acceso ágil y rápido de las nuevas tecnologías han potenciado y popularizado esta práctica. Sin embargo, en ocasiones, la viralización del medio y su rápida difusión a un ritmo vertiginoso hacen que se pierda el control de la imagen, pudiendo tener consecuencias muy adversas", señala en su artículo.

Tan adversas como las que padeció Verónica, la empleada de 32 años de Iveco que se suicidó después de que un vídeo sexual con ella como protagonista se difundiese entre los trabajadores de la empresas. Tras el fatídico desenlace de la trabajadora, y mientras la Fiscalía investiga el caso, su vídeo se convirtió en el más buscado en las páginas porno, tal y como denunciaron diversas asociaciones.

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