Política

Los fiscales del procés dan el "no" definitivo a la amnistía y abren la vía a que se convoque Junta de Fiscales de Sala

Los cuatro fiscales de Sala emiten informe contrario a amnistiar a Puigdemont y avisan a García Ortiz de que les tendrá que dar orden por escrito si se pretende modificar su informe final

El 'procès': amenazas, fantasías y mentiras
El expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont Europa Press

Los fiscales del procés avisaron que informarían en contra de amnistiar la malversación y lo han cumplido. Los cuatro fiscales de Sala del Supremo designados en este procedimiento desde 2017 han emitido informe contrario a amnistiar el delito de malversación de caudales públicos llevando al límite su enfrentamiento con el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que busca una aplicación completa de la norma.

En su informe, al que ha tenido acceso Vozpópuli, los cuatro fiscales explican que la ley de amnistía no puede 'borrar' el desvío de fondos del 1-O y que Carles Puigdemont y el resto de líderes independentistas tuvieron un beneficio propio y un enriquecimiento personal.

Por ese motivo se han negado en su informe definitivo a amnistiar la malversación (a diferencia de lo que ocurre con el delito de desobediencia) y así se lo han trasladado al fiscal general. En dicho informe, de hecho, explican que si su superior jerárquico considera que deben aplicarse la ley "deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada".

Este choque de criterios fuerza a García Ortiz a convocar a la Junta de Fiscales de Sala para analizar las dos posturas contrapuestas. Se trata de un mecanismo que regula el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y que implica que, ante la clara discrepancia de criterios, el asunto se tiene que resolver ante este órgano de la cúpula de la Fiscalía.

"Es contraria a las leyes"

"Estimamos que su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma", reza el escrito que firman los fiscales Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Jaime Moreno y Fidel Cadena.

La propia ley de amnistía, que se publicó este martes en el BOE, establece en su artículo segundo que quedan excluidos de la aplicación de la ley "los actos tipificados como delitos que afectaren a los intereses financieros de la Unión Europea".

Además, el artículo primero determina que serán amnistiables los delitos de malversación "siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento". En ese sentido, los fiscales del procés consideran que el desvío de dinero público para sufragar una referéndum ilegal prohibido por el Tribunal Constitucional, no puede ser amnistiado porque sí hubo un beneficio personal.

Amnistía de la malversación

"La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial", recoge el informe.

La ley de Amnistía afecta directamente a los intereses de la UE por cuanto la finalidad de todo el procés fue la desintegración de España y la declaración de independencia de Cataluña informe de los fiscales del procés

Los fiscales ponen el foco en la actuación de Carles Puigdemont, entonces presidente catalán, además de Antoni Comín y Lluís Puig y los exmiembros de su gobierno Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. "No recurrieron a la conducta pasiva de comisión por omisión de consentir que otros sustrajesen, sino que ellos mismos sustrajeron caudales públicos en forma de millones de euros", alegan.  

Por ese motivo especifican que, de las dos modalidades de malversación, los acusados y condenados por el procés cometieron la activa ya que "fueron ellos quienes se apropiaron de fondos públicos". En este sentido insisten que el desvío de fondos de la Generalitat no fue para terceros (lo implicaría una modalidad pasiva del delito) sino que fue para ellos.

La malversación en la UE

A todo ello los fiscales consideran que esta amnistía puede chocar con la normativa europea en relación a la malversación de fondos. En concreto, apelan a la Directiva 2017/1371 del Parlamento Europeo sobre la lucha contra el fraude y a su definición del delito de malversación que engloba actos "que perjudiquen de cualquier manera a los intereses financieros de la Unión".

"Es evidente que la ley de Amnistía afecta directamente a los intereses de la UE por cuanto la finalidad de todo el procés fue la desintegración de España y la declaración de independencia de Cataluña", alegan los cuatro fiscales del procés.

Por todo ello concluyen que la amnistía es aplicable a acusadas como Marta Rovira y Clara Ponsatí (que solo fueron procesadas por desobediencia) pero no tiene encaje en el delito de malversación que se atribuye a Puigdemont, Junqueras y otros cinco líderes independentistas.

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  • H
    HUNTER

    El papelón de este cipayo de tan pocas luces es de aurora boreal. De verdad no hay nadie que lo aprecie un poco que le diga ya está bien, hasta aquí hemos llegado.

  • J
    Jumiel

    Que hartazgo de ver siempre el mismo paisaje de montañas de defecación humana !! ... qué asco !! ...