El Gobierno ha aprobado este viernes en el Consejo de Ministros un Real Decreto que da luz verde el Estatuto del Personal Investigador en Formación (EPIF), que establece un salario mínimo de 16.422 euros anuales para todos los contratos predoctorales, fija las condiciones laborales de estos científicos y elimina cualquier período de beca.
Con esta medida, se pone en marcha un nuevo contrato que supone "un cambio radical y de amplio calado" en la concepción que tradicionalmente ha recibido el personal investigador en formación.
Esto es así porque prevé una modalidad contractual específica con una duración máxima de cuatro años, explica el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en una nota de prensa.
Sin periodo de beca
Con el EPIF se elimina cualquier período de beca, procediéndose a la contratación laboral de los investigadores que se encuentran en formación desde el inicio de su carrera profesional, es decir, desde el comienzo de su participación en los trabajos o proyectos e investigación conducentes a la elaboración y defensa de su tesis doctoral.
Su aprobación ha sido "una de las prioridades" del Ministerio, que ha recordado que el estatuto debería haber entrado en vigor en 2014, según recoge la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Esperada por los científicos jóvenes
En este sentido, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, ha dicho, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que esta medida "la esperaban largamente los científicos, particularmente los jóvenes".
Para la vicepresidenta, con este estatuto se ofrece, con claridad, un modelo de contratación que "da estabilidad y garantía, y abandona ese otro espacio informal".
La nueva norma supone una "mejora clara" de las condiciones retributivas y de trabajo de muchos jóvenes investigadores, al imponer un salario mínimo superior al que perciben actualmente y otorgar un régimen jurídico adaptado a la realidad de los derechos y obligaciones de los doctorandos.
Salario mínimo
El salario mínimo se establece en 16.422 euros anuales y la retribución de este contrato no podrá ser inferior al 56% del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60 % durante el tercer año y al 75 % durante el cuarto año.
Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año, según el Ministerio.
El EPIF establece que el personal investigador predoctoral en formación pueda colaborar en tareas docentes hasta un máximo de 180 horas durante la extensión del contrato predoctoral, sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales.
En cuanto al contrato, no podrá ser inferior a un año ni exceder de cuatro años; cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad podrá alcanzar una duración máxima de seis años, prórrogas incluidas.
La consecución del título universitario oficial de doctorado pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador predoctoral y, a partir de ese momento, dará comienzo la etapa postdoctoral: la obtención del título de doctor extinguirá el contrato predoctoral, aunque no se hubiera agotado la duración máxima del mismo.