Las dos sentencias aprobadas por unanimidad en el Pleno del Tribunal Constitucional de este martes avalan la aplicación del artículo 155 en Cataluña. Se desestima en su práctica totalidad los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados de Unidos Podemos y del Parlamento de Cataluña contra el Acuerdo del Pleno del Senado de 27 de octubre de 2017, mediante el que se aprueba medidas requeridas por el Gobierno. En el punto dos de la segunda sentencia se declara la pérdida sobrevenida de objeto, su razón es porque la primera sentencia (de Unidos Podemos) ya se declarara este punto inconstitucional y nulo. El recurso de inconstitucionalidad de Unidos Podemos se presentó en diciembre de 2017 y el del Parlament en enero de 2018.
(Habrá ampliación)
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