España

El Supremo condena a medio año de prisión al rapero Pablo Hásel por golpear a un periodista

En una providencia, el Supremo acuerda no admitir el recurso presentado por su defensa, al entender que no ha acreditado la existencia de vulneración de los derechos fundamentales en la sentencia condenatoria

  • Concentración en apoyo al rapero Pablo Hasél tras su ingreso en prisión -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de medio año de cárcel que la Audiencia de Lleida impuso al rapero Pablo Hasél, actualmente en prisión por enaltecimiento del terrorismo, por agredir en 2016 a un periodista de TV3 en un encierro de estudiantes en la Universidad de Lleida. En una providencia, el Supremo acuerda no admitir el recurso presentado por la defensa del rapero, al entender que no ha acreditado la existencia de error o vulneración de los derechos fundamentales en la sentencia condenatoria.

Hasél fue condenado por un juzgado penal de Lleida por un delito de lesiones y otro de coacciones a seis meses de cárcel y una multa de 5.400 euros y a indemnizar con 12.150 euros al periodista agredido, en una sentencia que la Audiencia de Lleida confirmó en mayo del año pasado.

El rapero, que tiene otras condenas por enaltecimiento del terrorismo, allanamiento de local y resistencia y desobediencia a la autoridad, fue sentenciado por agredir a un periodista de TV3 para evitar "por la fuerza" que grabara imágenes del encierro de estudiantes en la Universidad de Lleida en junio de 2016.

Los hechos probados

Según la sentencia, Hasél intentó propinar un puñetazo en la cara del periodista, le insultó llamándole "payaso" y "basurilla", le empujó -ante lo que el reportero se golpeó la cabeza con la cámara- y le roció la cara y los ojos con un líquido de producto de limpieza, que le causó escozor en los ojos durante horas y una conjuntivitis química, además de una erosión en un hombro, cervicalgia y estrés postraumático.

En su providencia, el Supremo se remite a la sentencia de la Audiencia de Lleida, que declaró la "suficiencia y validez de la prueba de cargo" contra el procesado, especialmente la "diversa testifical, videográfica, documental y pericial médica", así como la "racionalidad" de la valoración efectuada por el juez de lo penal.

Pau Rivadulla, conocido como Pablo Hasél, ingresó el pasado mes de febrero en la prisión Ponent de Lleida para cumplir una condena por enaltecimiento del terrorismo en sus canciones, lo que propició varias noches seguidas de disturbios en Cataluña en protesta por su encarcelamiento.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli