España

El Supremo confirma la condena del robo de vinos del Atrio: cuatro años de prisión para los ladrones

El Supremo desestima el recurso de los recurrentes y confirma así la condena por delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público de especial gravedad y obliga a los condenados a indemnizar a Reale Seguros Generales con los 753.454 euros que la aseguradora abonó en su día a la empresa

  • Los acusados por el robo de las botellas de Atrio, Constantin Dumitru y Priscila Lara Guevara, en una sesión del juicio -

El Supremo ha confirmado la pena de cuatro años y medio y cuatro años de prisión para los ladrones de vino del restaurante Atrio, en Cáceres. Los condenados son Constantin Dumitru y Priscila Guevara, que se hicieron con 45 botellas valoradas en 1,6 millones de euros en octubre de 2021.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha ratificado íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por considerar que la prueba de cargo contra ellos “es abrumadora, sólida y plural”. Siete testigos, nueve agentes de la Policía Nacional y cinco peritos constituyen la prueba de cargo, además de la prueba documental.

El Supremo desestima el recurso de los recurrentes y confirma así la condena por delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público de especial gravedad y obliga a los condenados a indemnizar a Reale Seguros Generales con los 753.454 euros que la aseguradora abonó en su día a la empresa propietaria de Atrio por la póliza que tenía concertada.

El robo del Atrio seguía un plan establecido previamente

La sentencia recoge como hechos probados que los ladrones urdieron un plan y actuaron de común acuerdo y con la finalidad de obtener un beneficio ilícito.

Constantin y Priscila cenaron, hicieron una visita a la bodega y pernoctaron en Atrio la noche del 26 al 27 de octubre de 2021.

La madrugada del 27 de octubre, pasadas las 2, Priscila llamó a recepción, al único empleado que se encontraba en el hotel-restaurante en ese momento, pidiendo una ensalada e interesándose repetidamente por el tiempo que tardaría en ser servida.

A pesar de negarse inicialmente a realizar la comanda, el trabajador -extrañado por la solicitud dado que habían cenado un menú degustación de 14 platos- finalmente accedió a la petición por la insistencia de la clienta, advirtiéndole que tardaría al menos 20 minutos en servir el plato.

Mientras el empleado estaba en la cocina, Constantin fue a la recepción a coger una llave electrónica con la que pretendía abrir la bodega. No era la llave correcta, por lo que llamó a Priscila para pedirle que volviera a entretener al recepcionista. En ese momento, la mujer volvió a llamar a recepción para pedir un postre.

En el tiempo que el recepcionista tardó en subir una pieza de fruta a la habitación de Priscila, Constantin fue a por una llave maestra con la que abrió la bodega, se apoderó de las 45 botellas de vino valoradas en 1,648 millones de euros, que guardó en una mochila y dos bolsos, y subió a su habitación. A las cinco de la madrugada, los ladrones abandonaron el hotel.

La sentencia destaca la prueba de las grabaciones de las cámaras de Atrio en las que se ve a Constantin con mascarilla intentando abrir de forma infructuosa la puerta de la bodega con la llave equivocada, hacer una llamada avisando a Priscila por un teléfono móvil de que no tiene la llave correcta y tiene que entretener de nuevo al recepcionista, volver a la recepción a coger la llave maestra y salir con las bolsas y la mochila.

El Supremo también incide en la prueba de ADN que acreditó que los acusados pernoctaron la noche del 26 al 27 de octubre en la habitación 107 del hotel. 

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