El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado al Consejo de las Lenguas Oficiales del Estado que aclare si el catalán y el valenciano son lenguas distintas con motivo de las explicaciones requeridas por un abogado de Barcelona por la distinción que hacen las webs de las distintas administraciones.
Así consta en una sentencia, en la que estima el recurso interpuesto por el abogado Joan Vall Costa en el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales.
El abogado pidió que se le diera una explicación razonable por parte de la Administración respecto al motivo por el que en webs de órganos oficiales se propone el catalán y el valenciano como opciones idiomáticas distintas.
Además, pedía que, si así lo eran, el Consejo debía adoptar "las medidas adecuadas para que la unidad lingüística quedase clara en todas las publicaciones".
Los magistrados declaran nulo la no respuesta de la Administración al no ser ajustada a derecho, declarando vulnerado el derecho del letrado al derecho fundamental de petición por parte del citado consejo al no dar adecuada tramitación y contestación a la tramitación formulada el 25 de mayo de 2015.
Por tanto, ordena a la Administración a dar respuesta a la solicitud formulada en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley Orgánica 4/2001 de 12 de noviembre. Contra la resolución, cabe la interposición de un recurso de casación.