El Gobierno de España permite los viajes no esenciales desde terceros países a la Unión Europea a personas que estén en posesión de un certificado de recuperación de la Covid-19, según ha publicado este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La orden del Ministerio del Interior modifica una previa en la que se establecían los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países de la UE y países asociados Schengen con motivo de la crisis sanitaria.
Según la nueva redacción, se posibilitan los viajes de las personas provistas de un certificado de recuperación o de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por parte de las autoridades sanitarias.
Además, la modificación indica que las personas de doce años o más y menores de 18 que no dispongan de la pauta de vacunación válida, deben presentar una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular NAAT (RT-PCR o similar) del SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada. La orden surte efecto hasta las 00.000 horas del próximo 31 de marzo de 2022.