El expediente tuvo su origen en la denuncia interpuesta por un particular en octubre de 2013 contra nueve autoescuelas de Guadalajara, posteriormente ampliada a otras cinco autoescuelas de esta provincia y cinco en Alcalá de Henares, por acordar y unificar precios en la matrícula y las clases prácticas para la obtención del permiso de conducir clase B.
Según ha explicado la Comisión en un comunicado recogido por Efe, en enero de 2014 el expediente se dividió en dos: uno correspondiente la investigación del acuerdo de precios entre las autoescuelas domiciliadas en Alcalá de Henares, que correspondió a la Comunidad de Madrid (Dirección General de Economía y Política Financiera), mientras que la investigación sobre las autoescuelas de Guadalajara fue para la propia CNMC.
Tras una propuesta inicial de archivo por parte del Servicio de Defensa de la Competencia de Madrid y la indicación por parte de la CNMC de continuar con la investigación, se completó la instrucción del expediente y quedó acreditado que fue la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM) quien llevó a cabo una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) mediante la recomendación de precios a sus asociados desde 2011.
En concreto, la CNMC considera que la unificación de precios denunciada habría sido fomentada y facilitada por la Asociación a través de distintas acciones y recomendaciones para homogeneizar y fijar precios.
Así, la APAM encargó en 2011 a un catedrático de Economía Aplicada un estudio económico sobre precios para evitar la competencia entre autoescuelas que consideraba "desleal".
La Asociación posteriormente difundió el estudio entre sus asociados a través de distintos medios como certificados gremiales sobre lucro cesante o guías orientativas sobre precios a las autoescuelas asociadas.
La Comisión considera que la actuación de la APAM a través de la recomendación de precios acreditada ha dañado sustancialmente las condiciones de competencia entre las autoescuelas radicadas en Alcalá de Henares y, posiblemente, en otros municipios y localidades de la Comunidad de Madrid.
La CNMC también solicita a la Asociación que en el futuro se abstenga de realizar conductas semejantes y le ordena la difusión entre sus asociados del texto íntegro de esta Resolución. Además, la Comisión insta a la Dirección General de Economía y Política Financiera de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de esta Resolución.
La CNMC recuerda que contra estas Resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.