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Anulada por incompetencia del Jefe provincial de Tráfico una multa de 500 euros y 6 puntos

Una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid ha estimado el recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y ha anulado una sanción de 500 € y la detracción de 6 puntos impuesta por Tráfico a un automovilista. Más de cien mil multas al año podrían estar afectadas de incompetencia.

  • La Guardia Civil de Tráfico no tiene competencia para sancionar en vías urbanas.

Los hechos tuvieron lugar en la localidad cordobesa de Hinojosa del Duque y la sanción fue impuesta por la Guardia Civil de Tráfico. El denunciado, recurrió la multa a través de AEA y, ahora, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Madrid ha dado la razón al demandante ha anulado la sanción de 500 € y la detracción de 6 puntos por “incompetencia del Jefe provincial de Tráfico de Córdoba para sancionar una infracción cometida en el casco urbano de Hinojosa del Duque”. Además, también se condena en costas a Tráfico hasta un máximo de 300 €.

Y es que la competencia para sancionar infracciones en vías urbanas corresponde al Alcalde y se recuerda en la resolución tomada que “Los Jefes provinciales de Tráfico asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.” En la resolución dictada, contra la que no cabe recurso alguno, se aclara que conforme a la Ley de Seguridad Vial “La sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable”.

Sin embargo, a pesar de que en el expediente figuraba que la denuncia procedía de la Policia Local de Hinojosa del Duque “lo que no se encuentra en todo el expediente administrativo -según se indica en el fundamento de derecho tercero de la sentencia- es la delegación o encomienda de gestión, o cualquier otra figura que permita que la competencia en este caso, que corresponde al Sr. Alcalde de la citada localidad, haya sido transferida, por cualquiera de los mecanismos jurídicos previsto en la Ley 30/1992, a dicha Jefatura Provincial, con lo cual la incompetencia de ésta es clara, y por tanto procede la estimación de la demanda.”

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha mostrado su satisfacción por este nuevo éxito jurídico obtenido por los servicios juridicos de la entidad que dirige a la vez que ha advertido que “sobre este tema llueve sobre mojado”, al recordar la denuncia de incompetencia que hace ahora 25 años hizo su Asociación y que permitió la anulación de cientos de miles de multas de tráfico impuestas por los Jefes provinciales de Tráfico.

Si bien esta sentencia afecta sólo al caso enjuiciado, AEA considera que “esta resolución constituye un importante precedente jurídico que podría aplicarse a decenas de miles de casos, dado el importantísimo número de denuncias que se formulan en el ámbito local”. Más de cien mil multas al año podrían estar afectadas de incompetencia.

Según los datos que AEA maneja, en España hay 8.133 municipios de los que 2.262 tienen policía local. Teniendo en cuenta sólo las denuncias con detracción de puntos formuladas en 2014, los ayuntamientos habrían tramitado 441.415 multas, de las que, según estimaciones de AEA, “una de cada cuatro sería nula por haberse impuesto por un órgano incompetente.”

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