Opinión

Nombrados y separados

Tiene el aire de otro experimento, uno más, después del de Pepu Hernández, que logró dejar a la lista del PSOE como la tercera en número de votos, sin que nadie haya pedido responsabilidades

  • El Rey Felipe VI, aplaude en el acto de la jura de la Constitución

Dice el artículo 100 de la Constitución que los miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente. Dice La Moncloa Newsletter del martes 28 de marzo que “Pedro Sánchez ha comparecido para dar a conocer los cambios en su Ejecutivo, después de comunicárselos al rey Felipe VI”. Los cambios anunciados afectan a los titulares de los ministerios de Sanidad y de Industria, Comercio y Turismo. Su relevo trae causa de las inminentes elecciones municipales del 28 de mayo en las que Carolina Darias concurrirá para la alcaldía de Las Palmas de Gran Canaria y Reyes Maroto para la de Madrid. No consta que ninguna de las dos tuviera ambiciones ni proyectos para las ciudades en las que encabezarán las candidaturas municipales, pero tampoco parece que les hayan dado a elegir. 

De Carolina Darias parece indudable su canariedad, sin que se le hayan atribuido amistades peligrosas con los egiptólogos del Ramsés liderados por tito berni. De Reyes Maroto, se podría decir, como indican en estas ocasiones los carteles taurinos, lo de “nueva en esta plaza”. Tiene el aire de otro experimento, uno más, después del de Pepu Hernández, que logró dejar a la lista del PSOE como la tercera en número de votos, sin que nadie haya pedido responsabilidades a su valedor por semejante desacierto. Nada nuevo porque la trayectoria de la Federación Socialista Madrileña, ya desde antes de Indalecio Prieto, es un caso de estudio. Ni cuando fue autónoma, ni cuando estuvo sometida a tutelaje, ni cuando se la tuvo en cuenta ni cuando se la ignoró, nunca ha conseguido dar con la tecla y siempre ha sabido encontrar el área más propicia al conflicto inútil. Eso si, su adhesión a la derrota está bien probada.

Nada nuevo porque la trayectoria de la Federación Socialista Madrileña, ya desde antes de Indalecio Prieto, es un caso de estudio

El texto de La Moncloa Newsletter -que así se llama porque esta vez el jefe speaks english- precisa que la comparecencia de Pedro Sánchez para dar a conocer los cambios fue convocada “después de comunicárselos al rey Felipe VI”. La expresión comunicárselos parece sintonizar mal con la literalidad del artículo 100, donde se atribuye al Rey la facultad de nombrar y separar a los miembros del Gobierno a propuesta de su Presidente. O sea, que quien hace la propuesta es el Presidente, en este caso de Pedro Sánchez, pero es el Rey, en este caso Felipe VI, quien nombra y separa a los miembros del Gobierno.

La acción de nombrar y separar a los miembros del Gobierno, en el caso del lunes 27 de marzo a los titulares de Sanidad e Industria, Comercio y Turismo, se diría que hubiera requerido lo que se denominaba un despacho formal en Zarzuela de cuerpo presente. Se nos dirá que todo el peso gravita sobre la propuesta y que atribuir al Rey esos nombramientos y ceses es un mero formalismo simbólico. Pero ¡ojo a los formalismos! Porque si elimináramos esos elementos nos quedaríamos sin Constitución. William Shakespeare en La vida del rey Enrique V se preguntaba "¿qué poseen los reyes que no posean también los simples particulares, si no es el simple ceremonial?" E indagaba a continuación sobre "¿qué hay en el ceremonial más que una situación, una condición, una forma que crea en los otros hombres el respeto y el temor?". 

"¿Qué hay en el ceremonial más que una situación, una condición, una forma que crea en los otros hombres el respeto y el temor?"

Del significado y valor de los símbolos trata también el auto del 15 de marzo de 2023 del Tribunal Supremo (TS) que confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), de 28 de abril de 2021, por la que se obligaba a retirar la pancarta colocada en el Palau de la Generalitat reclamando la “libertad de los presos políticos y exiliados”, en catalán y en inglés, y un lazo amarillo aunque este tipo de símbolos y pancartas se exhibieran en período no electoral. El auto proscribe la privatización de espacios públicos, de uso común, mediante su ocupación por elementos que puedan representar una opción partidista y deja meridianamente claro que las autoridades no pueden colocar pancartas partidistas ni banderas separatistas en las fachadas de los edificios públicos ni en las calles ni plazas. Ojo pues a los símbolos que están cargados. 

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli