Sociedad

La Justicia catalana suspende cautelarmente la prohibición del burka en los espacios públicos de Reus

Se trata de una suspensión cautelar hasta que se dicte sentencia, según un portavoz municipal, que precisa que el Consistorio tiene previsto recurrir la decisión.

  • Dos mujeres, una con burka y la otra con velo, pasean por la calle

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido cautelarmente la prohibición de vestir burka en los espacios públicos de la localidad tarraconense de Reus contemplada en las Ordenanzas de Civismo y Convivencia, ha confirmado el Ayuntamiento. Dicha ordenanza señalaba: 'No está permitido permanecer en la vía pública ni acceder a los autobuses municipales, en las instalaciones, equipamientos o locales donde se ofrezcan servicios municipales, a las personas que lleven el velo integral, 'burka', 'niqab', pasamontañas, casco integral u otras vestimentas o accesorios que impidan o dificulten la identificación'.

Un portavoz municipal ha puntualizado que se trata de una suspensión cautelar hasta que se dicte sentencia y que el Consistorio tiene previsto presentar un recurso a esta decisión judicial. El Ayuntamiento recibió este jueves por la tarde la interlocutoria del TSJC y tiene cinco días para presentar un recurso de reposición.

Las Ordenanzas de Civismo y Convivencia se aprobaron con los únicos votos a favor de CiU y PP, y el rechazo de toda la oposición. Varios colectivos musulmanes presentaron recursos que han recaído en la misma sección del TSJC y que ya ha dado la razón al presentado conjuntamente por varias asociaciones. 

El TSJC se basa en la sentencia del Tribunal Supremo (TS) de febrero de 2013 que también desestimaba la prohibición de velos integrales impulsada por el Ayuntamiento de Lleida. En esa ocasión, el Supremo declara "nulos" los puntos de la ordenanza que afectan al atuendo, tratándose de los artículos 10.4 y 44 a, según señala el auto.

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