Sociedad

“No puede haber un modo privilegiado de notificar las demandas de los bancos”

El abogado que ha llevado los desahucios hasta la ONU habla con 'Vozpópuli' sobre el proceso y cómo puede afectar al futuro de las ejecuciones hipotecarias en España.

  • Fernando Ron, el abogado responsable del caso que ha llegado hasta la ONU.

Por primera vez en su historia, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas ha condenado a un país, y este país es España, por violar un derecho fundamental de sus ciudadanos. La razón, los desahucios. Y es que el abogado Fernando Ron, del bufete FR abogados, ha logrado que este comité emita por primera vez una condena a un Estado por violar el derecho a la vivienda, al no haber notificado de forma efectiva a una mujer de la subasta de su casa por no pagar su hipoteca, privándola así de su derecho a la defensa. “Lo que viene a decir este dictamen es que no puede haber un modo privilegiado de notificar las demandas de los bancos”, asegura el abogado en una conversación con Vozpópuli en la que detalla todo el recorrido por el que han pasado y lo que supone este dictamen para futuros procesos hipotecarios, ya que gracias al mismo se podría poner punto final a los desahucios exprés por las notificaciones por la vía rápida de las entidades bancarias, puesto que España debe modificar su legislación.

El proceso

Todo comenzó en 2012, cuando una mujer, que desea permanecer en el anonimato, llamó muy alterada al abogado Fernando Ron porque había recibido una notificación del Juzgado nº31 de Madrid, uno de los que lleva las hipotecas de los bancos, donde le indicaban que le quedaban 15 días para que su casa saliera a subasta. La mujer, minusválida y sin alternativa habitacional, indicó al abogado que no le había notificado la demanda que iniciaba el proceso. “Nuestro despacho lo que hace es personarse en el juzgado número 31 de Madrid y plantear que todo lo que han hecho es nulo porque no han notificado la demanda”, explica Ron. Pero todo esto es en vano, porque el juzgado les dice que no tienen razón, porque ellos han notificado la demanda “en el tablón del juzgado”.

"Hay dos modos de notificar demandas en España, hay un modo que es para todo el mundo y hay otro que es para las hipotecas de los bancos"

“Aquí está la clave del asunto. Hay dos modos de notificar demandas en España, hay un modo que es para todo el mundo y hay otro que es para las hipotecas de los bancos, totalmente distinto y totalmente privilegiado”. Según explica el abogado defensor, en una demanda normal se envía a alguien con la notificación al domicilio y si no se encuentra a nadie, se busca domicilios a través de bases de datos, de hacienda u otros documentos, y si no se encuentra se notifica a vecinos, al portero o a familiares. “Pero cuando tú eres un banco y buscas ejecutar una hipoteca tú vas con los privilegiados; allí tú vas al domicilio y si no lo consigues publicas un edicto en el tablón del juzgado, que está en los pasillos del mismo, y para verlo tienes ir cada día a cada juzgado para ver qué edictos han publicado si te quieres enterar. ¿Qué pasa aquí? Que el juzgado había puesto un edicto y no se había enterado la señora”, detalla Ron.

Tras el no del Juzgado, los abogados intentaron llegar a un acuerdo con el Banco Sabadell - la entidad a la que la afectada debía 5.725 euros en intereses ordinarios y 856 de intereses de demora - a lo que éste se negó, algo que, según suponen desde el bufete, tuvo lugar debido a que la hipoteca de la vivienda valía menos que el piso, y el negocio de la entidad era quedarse con el piso entero por la hipoteca, que era más pequeña que el precio de la casa. “Hartos de que nos dijeran que no, pusimos un recurso en el Tribunal Constitucional y éste ni lo admitió. Nos dijo que él no veía que tuviera ninguna trascendencia y que ni siquiera lo admitía”, detalla Ron, que añade que ese recurso era precisamente lo que les exigía Naciones Unidas para acudir a ellos, es decir, poner todos los recursos interiores antes de recurrir ante este tribunal internacional.

Mientras tanto, el proceso no se paró en España. El 15 de enero de 2015, el Juzgado nº31 de Madrid pone de nuevo a subasta la vivienda, que se había retrasado mientras se resolvían los recursos, y pese a que desde el bufete se pidió que se esperara al fallo de la ONU, en febrero el juzgado rechazó esperar. Por suerte para la afectada, la velocidad de la justicia española ha jugado en su favor y antes de que pudieran fijar fecha a la subasta, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ha emitido su dictamen a favor de la mujer, que tendrá el derecho a retrasar el proceso hasta poder defenderse en los tribunales.

Condena a España

“Es la primera vez que alguien denuncia a España ante este comité, como es la primera vez que en todo el mundo que alguien denuncia el derecho a la vivienda. Además, el dictamen es el primero que da este comité condenatorio contra cualquier Estado, da igual que sea Mongolia o Turquía, y ha sido por este caso, y ha sido contra España, y ha sido por vulnerar el derecho a la vivienda”, afirma el abogado defensor, que continúa explicando: “Lo que viene a decir este dictamen, que no lo expresa exactamente así, pero se entiende así si has seguido el proceso, es: usted no puede tener un modo privilegiado de notificar las demandas de los banco. No me cuente a mí historias de que los bancos tienen una vía rápida, porque la notificación de la demanda es fundamental para defenderse. Usted tiene que dar a la persona todos los medios para que se defienda, luego tendrá razón o no, pero usted tiene que permitirle la defensa, usted no puede notificar a la ligera y luego sacar un edicto”.

Ron continúa explicando que este dictamen realiza dos cosas:

  • Primero: “Resuelve el caso de esta señora, dado que no la han dejado defenderse. Y la trascendencia de esto es que todo el proceso que hemos realizado en el juzgado español debe anularse, porque está todo mal hecho”.
  • Segundo: “Además, este comité establece unas obligaciones que tiene que cumplir el Estado, pero ya afecta a todas las personas, y ésta es la verdadera trascendencia, porque el comité obliga a España a modificar su ley para que se cambie este modo de notificar tan laxo, condena a España a dar publicidad a este dictamen para que lo conozcan todos los sectores de la sociedad y condena a España a dar la oportunidad a todos aquellos que estén en la misma situación a poder defenderse”.

Este último punto, añade, “es una puerta de salvación para mucha gente que está metida en procesos hipotecarios que puede haberle afectado este problema de la notificación u otro parecido. Entonces, puede volver atrás y decir ‘yo me quiero defender’, y hombre, pues siendo prácticos, ya no se trata solo de ejercer mi derecho a la defensa, sino de ganar tiempo para arreglar mi situación ¿cuánto vale eso para una persona que va a ser desahuciada?”.

“No se trata solo de la defensa, sino de ganar tiempo, ¿cuánto vale eso para una persona que va a ser desahuciada?”

No todos los afectados por los procesos hipotecarios podrán beneficiarse de esta sentencia, solo los que hayan sido afectados por un problema similar a la notificación exprés de los bancos, pero sí que se abre un proceso que podría cambiar la forma sobre cómo se realizan los desahucios en España, puesto que el Estado tiene seis meses para modificar la ley e informar a la ONU sobre qué ha hecho para resolver el problema.

Pese a que la orden de Naciones Unidas es de obligado cumplimiento, el Estado español no podrá cumplir el plazo debido a la disolución de las Cortes para las próximas elecciones generales. “La ONU no tiene policía ni jueces, por lo tanto no puede imponerlo, sin embargo, es obligatorio. España no puede tener demasiado tiempo sin cumplir esto, porque España no es Zimbabue, con todos los respetos a Zimbabue, España es un país serio y por lo tanto no puede estar en los medios y en las redes internacionales de protección de derechos sin cumplir este dictamen. Pero incluso así, tenemos otras vías para hacerlo cumplir. Por ejemplo, si hay un señor, Jacinto Rodríguez, que está a punto de que le subasten la casa y le ha pasado lo mismo o algo parecido, nosotros con este dictamen de la ONU podemos intervenir el proceso para pedir que todo se eche para atrás. Todos los procesos podrían retrasarse hasta volver al punto de partida de la defensa”, explica el abogado.

España en el juicio

Pero llegar a este punto no ha sido fácil, explican desde el  bufete. “Como detalle, diré que a esta señora le intentaron notificar en dos ocasiones, no le dejaron aviso a ella ni al portero, ni a nadie. Eso no es modo de notificar, es un modo de quitarse de encima el asunto”, relatan sobre el procedimiento, que luego ha lastrado y hasta llevado a la evidencia al Estado español ante la ONU durante el juicio.

Según recoge el dictamen de Naciones Unidas, durante el proceso, el abogado del Estado acusó a la afectada, sin pruebas, de estar escondida en su casa mientras el enviado del juzgado acudió a notificar sobre la causa. “El abogado del Estado dijo que la señora estaba escondida en el piso mientras llamaban a la puerta… pero, ¿de dónde te sacas eso? ¿Es que oían ruidos rascando en la puerta? Por favor, un poco de seriedad… Si dice eso, que te traiga algo que lo pueda sustentar”, describe el juicio Ron, que estuvo acompañado en la defensa por el letrado Fernando Morales.

Los observadores han declarado que las medidas adoptadas por España son insuficientes para el problema de los desahucios

“Luego dijo que ésta no era su casa, que en realidad, ésta era su segunda vivienda. Y le dice la ONU: 'Oiga, usted no puede decir eso sin probarlo'. Mientras, la parte contraria, nosotros, aportamos el certificado de empadronamiento, los recibos de agua, de luz, el seguro de vida, la documentación que acredita que es minusválida... Y todo esto indicando ese único domicilio, además de la certificación de los registros de la propiedad diciendo que era la única vivienda en propiedad de esta señora, el censo electoral… Dentro del procedimiento hay un escrito donde le viene a decir al Estado, 'si es que toda esta documentación es accesible por el Estado, ¿cómo dice usted que no es su vivienda?' ¿Dónde está la clave? En que este derecho solo defiende la vivienda, es decir, si tienes un apartamento en Gandía no puedes ir a la ONU, este comité está para cosas serias. Por eso al Estado se le ocurrió decir ¿y si no es su vivienda? Muy bien, pero es una información que no es cierta".

Durante este proceso, según explica Ron, el asunto llamó tanto la atención a nivel internacional, que varias ONG internacionales, como la ECSR-NET, que defiende el derecho a la vivienda a lo largo del mundo, pidieron intervenir en el proceso presentando sus conclusiones, bajo la condición de observadores. Estas conclusiones, tras el análisis del caso y de la ley española, determinaban que después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea concluyera que la ley española ofrecía una protección “incompleta e insuficiente” a los titulares de hipotecas, las medidas adoptadas por España “son insuficientes para la emergencia social causada por las ejecuciones relacionadas con hipotecas, dado que el marco legal español continúa favoreciendo a las entidades financieras en contra de los intereses de las personas afectadas”.

“¿Por qué sucede esto? – señala Ron - Porque cuando ya pasamos al terreno internacional te tienes que comparar con estándares internacionales; ya no puedes seguir como el TC, porque ya no estás en la liga de compararte con tu propio ombligo. Ahora lo estás haciendo con un estándar de este derecho que es de todos los seres humanos, no solo de los españoles, y es por eso que le dijeron… 'no, esto no cumple'”.

Según detalla el abogado, su cliente aún no ha recibido la demanda, no saben a cuánto asciende actualmente la deuda o si esta está bien o no está bien. Ahora, esta ciudadana tendrá derecho a defenderse en los tribunales mientras su caso podría cambiar el escenario de los desahucios en España, si no en todos los casos, sí para un futuro en donde dramas como éste no vuelvan a tener lugar en los juzgados españoles.

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