Sociedad

La Justicia se involucra cada vez más en los casos de eutanasia: Barcelona, un obstáculo para la ley

El mismo juzgado que ya ha paralizado la eutanasia a la joven de 23 años, ha pausado temporalmente el de un hombre de 54 años con secuelas médicas tras haber sufrido cuatro ictus

  • La Ciudad de la Justicia de Barcelona -

Por "un padecimiento grave, crónico e imposibilitante" la titular del Juzgado Contencioso Administrativo 12 de Barcelona mantiene la suspensión de la eutanasia a una joven de 23 años. La jueza añade, según el auto al que ha tenido acceso EP, que no se dan las condiciones contempladas por la Ley de Eutanasia previstas para situaciones en las que existan limitaciones que incurran directamente "sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria" de una persona, de manera que no le permita valerse por sí misma y le provoque sufrimiento físico o psíquico constante e inaguantable, sin posibilidad alguna de cura o de mejoría.

En este caso de Barcelona estaba previsto que la joven recibiera la eutanasia el pasado viernes 2 de agosto, pero su padre, representado legalmente por Abogados Cristianos, pidió a la jueza que lleva el caso que decretara medidas cautelares y paralizara el proceso, tras conocer que la chica llegó a manifestar dudas al respecto de su decisión en una carta escrita de su puño y letra unos días antes, el 29 de julio.

José María Fernández, abogado de la Fundación Española de Abogados Cristianos, alegaba el pasado 7 de agosto, en unas declaraciones a los medios en la Ciudad de la Justicia de Barcelona que la joven manifestaba en ese escrito "que quería 6 meses más porque quería pensarse su decisión porque tenía proyectos vitales por delante, como, por ejemplo, irse a vivir con un familiar".

Por esta razón, el padre acudió a los tribunales alegando, en palabras del abogado, que "su consentimiento estaba viciado" a causa de los problemas de salud mental que padece, que hacen que tenga nulo control sobre sus impulsos y que su percepción sea cambiante.

Dudas sobre la irreversibilidad de las lesiones

La magistrada afirma que, desde el intento de autolesión en octubre de 2022, la joven sufre una lesión medular que afecta a su movilidad, pero, tras las pruebas aportadas por la parte del padre, pone en duda que dichas lesiones sean irreversibles. El elemento videográfico fundamental presentado ante la jueza, muestra a la joven caminar, con dificultad, pero con muletas, lo que es suficiente para la magistrada para considerar que existe la posibilidad de mejora en la joven, tanto física, como psicológicamente.

La jueza tampoco entiende que la patología psíquica que sufre sea irreversible, ya que según los informes puestos a su disposición sobre el tratamiento que la joven está siguiendo hay "situaciones cambiantes respecto a su deseo de morir".

Reconoce en su resolución -que no es firme y todavía cabe recurso- que "no cabe duda de que se trata de un caso complejo", puesto que la joven sufre una patología mental que, en sus propias palabras, le provocan un sentimiento de incomprensión por parte de su familia, donde ha llegado a expresar sentirse sola y vacía, pero sin que todo esto suponga un pronóstico de vida limitado ni tampoco un contexto de fragilidad.

No es el único caso

Barcelona se ha convertido en un obstáculo para la Ley de Eutanasia, recientemente -este mismo agosto- el mismo juzgado que ya ha paralizado la eutanasia a la joven de 23 años, ha pausado temporalmente el de un hombre de 54 años con secuelas médicas después de haber sufrido al menos cuatro ictus -en 2020, 2021, 2022 y 2024- y dos infartos. En este caso también han sido los padres quienes han recurrido la decisión de este hombre de solicitar la muerte asistida.

Este hombre sufre afasia, siéndole imposible la conducción o andar sin la asistencia de un bastón. Este trastorno del lenguaje le provoca dificultad a la hora de hablar, no puede escribir sin ayuda, y aunque puede comprender a su interlocutor no es capaz de mantener una conversación con normalidad. (lo que le dificulta hablar), no puede escribir sin ayuda, le cuesta seguir el hilo de frases largas y, aunque comprende lo que se le dice, no puede mantener una conversación con normalidad. Tampoco puede conducir ni moverse sin ayuda del bastón.

El de estas dos personas no son los únicos casos en los que la Justicia ha intervenido y pausa un proceso de eutanasia. En noviembre de 2023, el Juzgado de Instrucción 2 de Santiago decidió archivar una denuncia interpuesta por una madre, de 54 años natural de Santiago de Compostela y asesorada también por Abogados Cristianos, que a principio de ese mes pidió paralizar el proceso de eutanasia solicitada por su hija, que sufría esclerosis múltiple.

Abogados Cristianos presentó, en noviembre de 2023, una denuncia por inducción al suicidio contra el Complejo Hospitalario Universitario de Santiago y sus miembros de la comisión de garantías que fueron responsable de dar el visto bueno a la eutanasia solicitada por esta mujer con esclerosis múltiple. La Xunta argumentó, contrario a lo que alegaba el colectivo católico, la paciente estaba en sus plenas facultades mentales y cumplía con todos los requisitos legales para beneficiarse de la muerte asistida.

DMD: un juez no puede cuestionar el sufrimiento

"Un juez no puede cuestionar el sufrimiento", la asociación que anduvo detrás de la probación de una ley de eutanasia durante muchos años, Derecho a Morir Dignamente (DMD) se ha mostrado preocupada de esta manera al conocer la decisión de la jueza barcelonesa de suspender cautelarmente el procedimiento -ya autorizado- de un paciente que ha superado todos los exámenes y evaluaciones médicas necesarias tras la solicitud de la muerte asistida.

"Si la magistrada hubiera visto indicios de error o fallos en el procedimiento, que faltaran informes... pero cuestiona el sufrimiento de la persona, un sufrimiento que debe dictaminar la propia persona y que valoran numerosos profesionales con formación para ello", ha defendido la presidenta de DMD en la región catalana, Cristina Vallès en unas declaraciones a EFE.

La ley, ha recordado, establece que cuando una persona pide ayuda para morir, debe haber un "médico responsable" que debe valorar que se cumplen los requisitos previstas en la norma, es decir, que la persona solicitante sufre una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante.

El siguiente paso es el análisis por parte de un "médico consultor", formado en la enfermedad sufrida por el paciente, y posteriormente el caso pasará entonces a la Comisión de Garantía y Evaluación autonómica, donde el caso será examinado por otro profesional médico y un jurista. En el caso de que no haya acuerdo por parte de estos profesionales, el proceso se elevará al pleno, formado por otros expertos sanitarios, juristas, psiquiatras, expertos en bioética.

Si todavía la parte solicitante de la muerte asistida recibe una negativa a su demanda pueden acudir a la justicia, pero la ley no prevé "una intervención externa de una tercera persona": "La eutanasia solo la puede pedir la propia persona afectada y solo la puede rechazar ella", ha destacado Vallès.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli