Dirigentes de la República Popular China, narcotraficantes detenidos en aguas internacionales y, ahora, dos imputados en el caso Gürtel. La polémica reforma de la justicia universal que año pasado hizo el entonces ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón se ha convertido en uno de los principales argumentos de defensa de dos de los encausados por la primera época de la trama corrupción. En concreto, de Ángel Sanchis Perales, extesorero de Alianza Popular (AP), y su hijo Ángel Sanchis Herrero, a los que el auto del juez Pablo Ruz acusa de haber ayudado a Luis Bárcenas a poner a salvo 3 millones de euros de su fortuna oculta en Suiza a través de un latifundio de limones en Argentina. En sendos escritos de defensa presentados recientemente en la Audiencia Nacional, ambos alegan que los delitos de los que se le acusa, blanqueo de capitales y fraude fiscal, no se cometieron en España, y que la actual legislación no permite actuar a los tribunales de nuestro país por infracciones en el extranjero salvo en una figuras delictivas muy concretas entre las que no se incluyen ambas.
Padre e hijo reconocen que su caso "en nada se parece" al de los narcotraficantes excarcelados tras la reforma de la ley, pero creen que en ellos también concurren los requisitos para que se les aplique
Padre e hijo hacen referencia a la polémica reforma de la justicia universal de Gallardón en las "cuestiones previas" de sus escritos. En ellas, destacan que la imputación de los dos se debió a su supuesta relación, que ambos niegan, con las actividades de Bárcenas para ocultar el dinero que tenía en el país centroeuropeo, pero no con las actividades de la trama en España. "Nada tenía que ver con el hacer del señor Correa ni con ninguna de las operaciones [...] que se ejecutaban con AENA, en la Comunidad de Castilla y León, en la Comunidad de Madrid, y en numerosos Ayuntamientos ni con los presuntos delitos que se les imputan" a los principales inculpados, que sí tuvieron lugar en nuestro país.
"Por lo tanto, si el señor Sanchis Perales -se lee en el escrito del extesorero del AP- hubiere cometido tales hechos, los habría hecho en Suiza, país en el que no existe el tipo de delito fiscal parejo al español y que además en el caso en el particular, las actuaciones descritas por las autoridades judiciales españoles no constituyen fraude, delito fiscal en Suiza. Luego, más tarde, quizás en Manhattan (USA) [donde fueron transferidos los 3 millones desde el país centroeuropeo] y, a lo sumo, posteriormente en Argentina [donde está el latifundio supuesto destino del dinero], pero nunca en España". Además, recalcan que los hechos de los que se les acusan no están incluidos en "los tipos delictivos para perseguir sin la limitación funcional ni territorial" que recoge la polémica ley. Éstos son "genocidio, tortura, secuestro, piratería, terrorismo, tráfico ilegal de drogas, delitos contra la seguridad marítima, etc", recuerdan.
El escrito de defensa del extesorero del PP reconoce "la problemática que ha originado la aplicación práctica de la reforma" y que en los supuestos enjuiciados con la misma por los tribunales hasta ahora, principalmente casos de narcotraficantes detenidos en alta mar a bordo de barcos de bandera extranjera, "en nada se parecen al que nos ocupa". Sin embargo, creen su caso tampoco concurren las dos condiciones que permiten a la Justicia española "perseguir a los españoles cuando cometan un delito en el extranjero", y que son que "el hecho sea punible en el lugar de ejecución", algo que niegan en el caso del delito fiscal en Suiza, y que "el agraviado o el Ministerio Fiscal interpongan querella ante los tribunales españoles", que también consideran inviable. Por todo ello, piden de se sobresea "de manera definitiva la causa" contra ambos.
También investigado en Argentina
La reforma de la justicia universal no es, sin embargo, el único argumento que esgrimen ambos empresarios para pedir su exculpación en la causa. Así, también utilizan en sus escritos la decisión del pasado enero del Tribunal Federal de Suiza de mantener el veto a la utilización en un juicio de los datos bancarios remitidos por las autoridades helvéticas en respuesta a las más de medio centenar de comisiones rogatorias enviadas por la Audiencia Nacional. Según el escrito de defensa, dicha decisión, recurrida por Madrid, obligaría a eliminar del sumario la abundante información sobre las cuentas de Bárcenas, que son las que les inculpan. En este sentido, hacen alusión al supuesto viaje secreto que el pasado mes de marzo hicieron las dos fiscales del caso para reunirse con su colega de Berna y tratar, precisamente, sobre dicho veto. Este encuentro habría vulnerado, en opinión de padre e hijo, "los principios de igualdad de armas y a un juicio justo con las debidas garantías".
Los escritos de ambos hacen referencia al viaje secreto de Anticorrupción a Suiza para 'liberar' los datos bancacios de la Gürtel como una grave irregularidad
En esta misma línea, también plantean como cuestión previa la nulidad de las diligencias encargadas por el juez Ruz con posterioridad a haber dictado el auto de apertura del juicio oral el pasado 5 de marzo. Según los abogados de los Sanchis, en al menos tres ocasiones el magistrado, que fue sustituido hace escasas semanas por el magistrado José de la Mata, encargó a Hacienda y la Policía nuevos informes tras la recepción de documentación precisamente desde Suiza después de aquella fecha. "Todas las actuaciones o diligencias practicadas a su intancia con posterioridad a dicho auto de fecha 5 de marzo entendemos se encuentran viciadas de nulidad de pleno derecho".
Ángel Sanchis Herrero añade a todos estos argumentos uno particular. En concreto, que él está imputado en Argentina, donde reside desde hace más de treinta años, en una causa abierta también por los movimientos económicos de Bárcenas en aquel país. Según el empresario, ésta fue iniciada por un magistrado de Buenos Aires "a raíz de las publicaciones periodísticas" y es "un calco" de la que se sigue en la Audiencia Nacional. En este sentido, recuerda que el abogado argentino Patricio Bel también se encuentra encausado en el país sudamericano en el mismo sumario y que para actuar contra él la Justicia española ha delegado su jurisdicción en favor de su colega bonaerense, como recogía el auto de Pablo Ruz. "Un imputado no puede ser sometido a proceso dos veces por el mismo hecho", señala para recalcar la ilegalidad de que esté encausado a ambos lados del Atlántico.