España

Prisión sin fianza para el hombre que empotró su coche contra la sede del PP

El juez considera al detenido presunto responsable de los delitos de estragos, tenencia de explosivos y daños, según han anunciado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

  • Imagen del coche en el interior de la sede del PP.

La titular del juzgado de instrucción número 32 de Madrid ha decretado prisión sin fianza para Daniel Pérez Berlanga, el hombre de 37 años que este viernes estampó su coche en la sede nacional del PP cargado con una bomba fabricada artesanalmente con bombonas de butano. La juez Rosa María Freire Pérez considera al detenido presunto responsable de los delitos de estragos, tenencia de explosivos y daños, según han anunciado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Pérez Berlanga ha pasado a disposición del juzgado de guardia de Plaza de Castilla después de que el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez se inhibiera en favor de los Jugados de Madrid al considerar que los hechos no constituían un delito de terrorismo. Con el detenido ya en Plaza de Castilla, la juez Freire López ha ordenado prisión "comunicada y sin fianza" para Daniel Pérez Berlanga, natural de Bronchales (Teruel), quien aseguró a la Policía que pretendía atentar contra toda la clase política.

En paro desde el pasado mes de mayo, este hombre padece esquizofrenia y problemas con las drogas -según fuentes policiales- y hace 15 años había sido detenido por la Guardia Civil por el hurto de un vehículo. Antes de que pasara al juzgado de guardia, el juez Gómez Bermúdez ya había apuntado que su actuación podría encajar en los delitos de estragos -recogido en el artículo 346 del Código Penal- en concurso con el de tenencia de sustancias explosivas (artículo 563).

En cualquier caso, tras analizar los hechos ocurridos a primera hora de la mañana de este viernes en la sede del PP de la madrileña calle de Génova, así como la declaración policial prestada por el detenido, el magistrado concluía que no se le podía imputar delito de terrorismo, para el cual sería competente la Audiencia Nacional. A su juicio, "no aparece dato alguno que permita afirmar el carácter terrorista de la acción, en el sentido de que su finalidad hubiera sido desestabilizar el sistema democrático", señalaba en su auto.

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