Economía

La CNMC multa con 12 millones a Solstar y Gasela por manipular el mercado de gas

La resolución considera que la operativa estuvo "ilegítimamente" orientada a trasladar al mercado una sensación de interés por el lado de la demanda, para sostener el precio en un "nivel artificial y superior"

  • Cani Hernández, presidenta de la CNMC -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a las compañías Solstar Limited y Gasela GMBH con un total de 12 millones de euros, seis millones a cada una, por manipulación del mercado del gas natural en abril en 2019. Según ha informado este lunes el organismo, ambos agentes proporcionaron señales falsas en cuanto a las ofertas, las compras y los precios de productos energéticos mayoristas, y fijaron "artificialmente" el precio de varios de ellos.

La resolución considera que la operativa estuvo "ilegítimamente" orientada a trasladar al mercado una sensación de interés por el lado de la demanda, para sostener el precio en "un nivel artificial y superior" al que le correspondería en situación de exceso de oferta. Ésta se estaba generando en el mercado -principalmente por la actuación de Gasela- en un periodo, por lo general, de menor liquidez al coincidir con la Semana Santa, añade la CNMC.

Para alcanzar su objetivo, los dos agentes ejecutaron transacciones de compra a precios superiores a los de sus ventas, lo que supone un comportamiento en contra de la lógica económica. Las operaciones se produjeron entre el 15 y 21 de abril de 2019, y afectaron principalmente al Mercado Ibérico Organizado del Gas (Mibgas).

Una infracción grave, según la resolución

El organismo recuerda que la introducción de señales falsas o engañosas sobre la oferta, la demanda o el precio de un producto energético al por mayor, así como la fijación del precio de un producto energético al por mayor en un nivel artificial, son comportamientos de manipulación del mercado o tentativa.

La infracción cometida por Solstar Limited y Gasela GMBH está tipificada como grave, concluye la resolución, contra la que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

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