Poco más de dos semanas quedan para que millones de españoles vuelvan a acudir a las urnas. Será el domingo, 26 de mayo, cuando se celebren las elecciones municipales,autonómicas y europeas..
Quien lo necesite puede solicitar el voto por correo. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que 54 días antes de las elecciones se debe disolver las Cámaras. Por lo tanto, el plazo está abierto desde el pasado 3 de abril.
Eso sí, hay que tener en cuenta que el plazo finaliza este mismo jueves, 16 de mayo.
El plazo de entrega
Cabe recordar que, al igual que ocurrió en las pasadas elecciones generales, la Junta Electoral decidió ampliar el plazo de depósito del voto por correo correspondiente a estos comicios hasta el viernes 24 de mayo de 2019 hasta las 14.00 horas.
Además, Correos ha comunicado que abrirá sus oficinas todos los días de la semana, incluso los festivos hasta ese 24 de mayo, para agilizar al máximo la gestión del voto por correo para las elecciones europeas, autonómicas y municipales.
La empresa postal ha decidido ampliar el horario de atención al público en sus 2.400 oficinas de toda España, que permanecerán abiertas una hora más al día de su horario habitual hasta el viernes 24 de mayo inclusive, y atenderán a todos los ciudadanos que estén en las oficinas para gestionar el voto por correspondencia.
Todas las oficinas postales tienen sus puestos de atención a los ciudadanos cubiertos al 100% y se han creado 500 puntos adicionales de admisión.
He recibido la documentación, ¿ahora qué?
Cuando recibas esta documentación, debes rellenar la papeleta de voto o elegirla de entre las distintas opciones, insertarla en el sobre y cerrarlo completamente. Tendrás que llevar a cualquier oficina postal el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación --donde va la papeleta--.
No puedo acudir personalmente a Correos
En caso de no poder hacer este proceso en persona por estar enfermo o tenga alguna incapacidad, esta situación se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo.
En este caso el trámite lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.
Si estoy fuera del país el día de las elecciones
Si resides fuera de España o no estarás el día de las elecciones fuera de España, el proceso para votar es distinto. El Ministerio de Exteriores explica en su web que existen dos situaciones distintas:
- Españoles que residen en el extranjero
- Españoles que residen temporalmente fuera del país.
En el caso de tener tu domicilio habitual en España, si no vas a estar en el país el día de las elecciones, debes darte de alta como no residente. Después tienes que rellenar el impreso de solicitud de documentación electoral y enviarla a través de la oficina insular.
Una vez recibas en tu domicilio la documentación electoral por correo postal, podrás remitirlo a través del consulado general para que sea enviado a la mesa electoral correspondiente en España.